Es muy preocupante para la libertad de información la decisión del Tribunal Superior de Cali de ordenar al diario ‘El País’ de esta ciudad distorsionar el rostro de un ciudadano que protagonizó un accidente vehicular, publicado en un video en su sitio web, que contiene las imágenes del suceso. La providencia establece también, y esto es lo que más genera inquietud, que es necesaria la autorización de esta persona para poder divulgar su cara.
El fallo se produjo al resolver, en segunda instancia, una tutela presentada por el protagonista de los hechos y que había sido desestimada por un juzgado de la capital del Valle.
El caso es que de mantenerse en firme la providencia, se estaría creando un grave precedente legal para el futuro ejercicio de la tarea periodística. Y es que esta decisión terminaría por fijar el requisito a los medios de comunicación de buscar la autorización de quienes participen en hechos noticiosos antes de realizar cualquier publicación. Un obstáculo inaceptable que abriría las puertas de la censura.
El hecho, como era de esperarse, ya mereció el pronunciamiento de Roberto Rock, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP). Rock fue claro en que con este precedente “la tarea periodística se convertiría en una actividad complicada, lenta y casi condenada al silencio”. A su vez, Pedro Vaca, director ejecutivo de la Fundación para la Libertad de Prensa, afirmó que por esta vía se está generando una censura de contenido por parte del Poder Judicial. “Sin advertir que la democracia necesita de insumos para conocer el acontecer cotidiano”. Los sucesos, como el que generó esta controversia, que ocurren en el espacio público e impactan la cotidianidad de la gente deben ser registrados por la prensa.
Lo que procede ahora es que la Corte Constitucional acoja la solicitud de revisión de un fallo que dejó en entredicho un derecho fundamental consagrado en la carta política.
EDITORIAL