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Noticia
Permiso de trabajo en EE. UU: así funcionará la renovación y extensión de tiempo
No todos los inmigrantes se podrán beneficiar con la nueva normativa.
Desde el próximo año, concretamente a partir del 13 de enero, entrará en vigor la nueva normativa de ‘Extensión Automática del Documento de Autorización de Empleo (EAD)’ impuesta por el Departamento Nacional de Seguridad (DHS) de Estados Unidos, la cual tiene como principal objetivo evitar interrupciones en la autorización o validez del EAD, de forma que los trabajadores mantengan legalmente su estatus.
De acuerdo con la normativa, aquellas personas que soliciten la renovación de su EAD antes de que el documento expire automáticamente podrán tener una extensión de 540 días en el país norteamericano.
Cabe resaltar que anteriormente el beneficio de extensión era de 180 días, pero debido a los largos tiempos de espera de procesamiento y los retrasos que a veces se presentaban en la tramitación, el DHS decidió implementar cambios que benefician tanto a trabajadores, como a empleadores y a la economía local.
¿Cómo solicitar la extensión del permiso de trabajo?
La entidad señala que lo primero que se debe hacer es presentar el Formulario I-765 del cual se encarga el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis), esto claro antes de la fecha de vencimiento del EAD.
En este debe llenar todos los datos que le son solicitados como las razones por las cuales presenta la solicitud. Tenga en cuenta que en el documento debe indicar que es por renovación y adjuntar una copia de su permiso de trabajo anterior.
Luego de completar el formulario este debe ser enviado vía correo electrónico o por una red de mensajería postal.
Cabe señalar que esto no indica que le vayan a mandar otro documento inmediatamente. Lo que sucederá es que le llegará una notificación de que la solicitud ha sido recibida por lo que el beneficio de extensión queda activo por 540 días.
. Foto:ISTOCK
¿Quiénes se benefician con la medida?
Uscis aclara que el beneficio no aplica para todos, los que tendrán a la extensión son:
Migrantes en proceso de obtener la residencia legal permanente.
Beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS).
Refugiados y asilados.
Solicitantes de asilo cuyo caso esté pendiente.
Otros grupos elegibles definidos por USCIS en su normativa vigente.
Por otra parte, quienes hayan presentado la solicitud de renovación del permiso de trabajo a partir del 4 de mayo de 2022 y las que aún estén pendientes también serán acogidas por la norma.
Un aspecto para resaltar es que el Uscis creó una calculadora especial para las personas que soliciten la extensión, en esta pueden conocer la nueva fecha de vencimiento según el trámite que se realizó.
Con la nueva normativa se busca mejorar los procesos migratorios y brindarle mayor estabilidad a los trabajadores inmigrantes para que estos continúen con sus labores sin ningún contratiempo.