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Análisis
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En el primer trimestre de 2025 se asesinó al 60% de las personas Lgbtq+ de todo 2024: radiografía de la Defensoría
La Defensoría del Pueblo le dio un espaldarazo a la ley integral trans recientemente radicada en el Congreso.
En el concepto, entregó una radiografía de la violencia por prejuicio que este año se ha disparado.
La Defensoría del Pueblo respalda el proyecto de ley integral trans Foto: Archivo
El homicidio y tortura de Sara Millerey González, en Bello, Antioquia, aceleró la radicación del proyecto de Ley Integral Trans, presentado esta semana en el Congreso y bautizado con su nombre. La propuesta recibió el respaldo de la Defensoría del Pueblo, que, en el concepto anexado al articulado -conocido por este diario-, entregó un crudo diagnóstico de la violencia por prejuicio en el país, cuyas cifras se dispararon en los primeros tres meses de este año.
En 2024, el Ministerio Público acompañó a 882 casos de agresiones contra las personas lgtq+. Las principales víctimas fueron mujeres transgénero, con 254 hechos. 33 fueron en contra de hombres trans.
El representante Andrés Cancimance es uno de los autores de la Ley Integral Trans. Foto:Prensa Andrés Cancimance
Entre las violencias se contabilizaron 52 homicidios de personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas. 29 de ellas eran mujeres trans.
Este año, este indicador ha repuntado. En los primeros tres meses, se han registrado 31 asesinados de personas lgbtq+, 12 de ellos contra mujeres trans y dos contra hombres transgénero.
Con este contexto, la Defensoría del Pueblo le dio un espaldarazo al Proyecto de Ley 122 de 2024, que busca reglamentar un paquete normativo para garantizar el reconocimiento, la protección y el equitativo a servicios y oportunidades para la población con identidades de género diversas.
"Constituye un instrumento para avanzar en el enfrentamiento de la discriminación estructural que padecen y consolidar un marco legal que garantice el reconocimiento y ejercicio pleno del derecho a la identidad de género", indicó la Defensoría.
Actualmente, los derechos diferenciados de esta población no están debidamente consignados. Como hoja de ruta están los Principios de Yogyakarta, que no tienen el efecto vinculante de un tratado o convenio internacional, pero que ofrecen pautas sobre el deber de los Estados frente a los principios de igualdad y no discriminación.
En los tribunales nacionales, la Corte Constitucional también ha emitido fallos en defensa de las libertades, entre ellos el derecho al nombre, la despatologización y el desarrollo de la personalidad. Sobre estas aristas, sumando el derecho a la educación y a servicios de salud con enfoque de género, busca ahondar la Ley Sara Millerey, respaldada por el Ministerio Público.
El 24 de abril se realizó una audiencia pública sobre la Ley Integral Trans. Foto:Prensa Andrés Cancimance
En la primera parte de los 52 artículos, se establece de manera expresa la garantía de autodeterminación de género y "prohíbe la discriminación por identidad o expresión de género en todos los ámbitos, representando un avance en la protección de derechos fundamentales", resalta la defensora Iris Marín.
En este capítulo también se aborda la despatologización de las identidades trans, lo que implica que ninguna persona puede ser sometida a evaluaciones médicas o psicológicas para el reconocimiento legal de su identidad. Esta norma es clave para vetar las mal llamadas 'terapias de conversión', que fueron catalogadas como una especie de tortura al evitar el autorreconocimiento de los homosexuales, no binarios y transgénero.
En el capítulo dos, endilga responsabilidades al Estado. Establece la prohibición de "la discriminación por identidad de género en todas las instituciones del Estado, garantizando que ningún servidor público pueda incurrir en prácticas discriminatorias sin enfrentar consecuencias istrativas y disciplinarias".
También establece obligaciones a entidades como la Registraduría, el Ministerio de Educación y el Ministerio del Trabajo para implementar políticas de inclusión y respeto a la identidad.
El Estado tendrá que incluir la variable "identidad de género" en todos los registros estadísticos, lo que permitirá contar con información sobre sus condiciones de vida y nutrir las políticas públicas en su beneficio.
"Esta visibilización permitirá que las instituciones adopten medidas coherentes, sostenidas y articuladas para garantizar los derechos de las personas con identidades de género diversas", agregó Marín.
También ordena la implementación de "medidas afirmativas" en salud, educación, trabajo, vivienda y a la justicia para corregir las desigualdades. En el ámbito médico, obliga al sistema a garantizar la atención y el a tratamientos de afirmación de género (como la transición hormonal), eliminando las barreras que han enfrentado y los riesgos que han asumido al recurrir a métodos artesanales.
Velatón por Sara Millerey en el Parque de los Hippies Foto:Néstor Gómez. EL TIEMPO
"Uno de los puntos prioritarios es la obligación del Estado de reconocer su responsabilidad histórica en la violencia ejercida contra personas con identidades de género diversas y establecer mecanismos de reparación simbólica y material",
El cambio de nombre, la adecuación de la imagen, así como la rectificación de la mención del sexo o género en los registros y en los documentos de identidad, para que estos sean acordes a la identidad de género autopercibida, será un derecho protegido.
Reparo a los agravantes punitivos
La Defensoría del Pueblo expresó su desacuerdo con el artículo 20, que propone la adición de agravantes punitivos dentro del delito de feminicidio para incluir el transfeminicidio, travesticidio y homicidio por identidad de género diversa.
"Si bien esta propuesta busca visibilizar y proteger a las personas con identidades de género diversas, especialmente a las personas trans y travestis, en Colombia el feminicidio ya incluye a las mujeres transgénero, por lo que la inclusión del transfeminicidio y travesticidio dentro de las agravantes del feminicidio no es necesaria", aseguraron.