Mediante un documento, la Procuraduría hizo un llamado a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP, que actúa como la Fiscalía de la justicia transicional, para que garantice el debido proceso de los comparecientes, tanto excombatientes de las Farc como de la Fuerza Pública, que sean llamados a juicio.
Esos llamados a juicio se hacen a quienes no reconocen responsabilidades ante Sala de Reconocimiento de Verdad, por lo que se inicia un juicio que podría terminar con sanciones ordinarias –y no las propias de la JEP, que son más cortas- para las personas.
Obrar como lo hace el señor Fiscal de la UIA es someter al compareciente a una especie de justicia secreta, al hacerle un llamado a reconocer verdad con base en pruebas que no conoce: Procuraduría
Esta petición del órgano de control la hizo por el caso que se sigue, por ‘falsos positivos’, contra el coronel (r) Publio Hernán Mejía para que se pronunciara sobre los crímenes ocurridos entre enero de 2002 y diciembre de 2003 en el macrocaso 3, de ejecuciones extrajudiciales; la crítica de la Procuraduría es que le pidieron a Mejía pronunciarse a partir de informes de policía judicial que la UIA no le dio a conocer previamente.
Por eso, Jairo Acosta, procurador delegado ante la JEP, indicó que “obrar como lo hace el señor Fiscal de la UIA es someter al compareciente a una especie de justicia secreta, al hacerle un llamado a reconocer verdad con base en pruebas que no conoce y cuyo descubrimiento está condicionado al inicio del juicio”.
En su comunicación sostuvo que pedirle a Mejía que hable de evidencias que no le han mostrado implementa un trámite no previsto en la ley de procedimiento de la JEP ni en la Ley Estatutaria de la JEP y además altera las bases estructurales del sistema judicial de la JEP, porque se lo está convocando a un reconocimiento de responsabilidad, con pruebas, informes o datos que desconoce.
Por eso, el ente de control pidió que en adelante desde el inicio del trámite ante la UIA se ponga en conocimiento expreso del compareciente la posibilidad que tiene de aceptar responsabilidad, y que en caso de que durante la fase de investigación y antes de la acusación el compareciente manifieste su interés por aceptarla, se le informe la totalidad del material probatorio con la que cuenta la UIA a efectos de satisfacer el derecho a la defensa y conocimiento informado.
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