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Personas LGBTI fueron acreditadas como víctimas por la JEP

En Colombia, más de 1.400 personas LGBTI han sido afectadas por el conflicto.

Más de 35.000 personas se movilizaron este año en la marcha del Orgullo Gay.

Más de 35.000 personas se movilizaron este año en la marcha del Orgullo Gay. Foto: Mauricio León/ El Tiempo

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A través de un reciente auto, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) determinó que “tiene competencia para conocer de la persecución de la comunidad LGBTI por motivos discriminatorios relacionados con la orientación sexual o la identidad de género con ocasión o en desarrollo del conflicto armado”.
Según la Sala, dichos crímenes pueden constituir un delito de lesa humanidad cuando se cometan de manera generalizada o sistemática.
Así, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP acreditó como víctimas a cinco personas LGTBI en el macrocaso 05, que estudia la situación territorial en la región del norte del Cauca y del sur del Valle del Cauca.
El proceso de acreditación de las víctimas comenzó por solicitud de la Corporación Caribe Afirmativo, que el pasado 9 de marzo denunció ante la JEP un patrón hechos victimizantes entre 2005 y 2012 contra de la comunidad LGTBI en el norte del Cauca.
El 22 de mayo de 2019, organizaciones afro le entregaron a la JEP un informe sobre violaciones de DD. HH. durante el conflicto.

El 22 de mayo de 2019, organizaciones afro le entregaron a la JEP un informe sobre violaciones de DD. HH. durante el conflicto. Foto:JEP

La corporación pidió acreditación ante la JEP para cinco personas que fueron víctimas de amenazas, torturas, secuestro, persecución, violencia sexual, desplazamiento forzado, tentativa de homicidio y otros crímenes.
Estos delitos habrían sido cometidos en los municipios de Miranda, Toribío, Caloto, Buenos Aires, Santander de Quilichao, Padilla y Villa Rica por parte de las Farc y de la fuerza pública, argumentando prejuicios contra las orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas de las víctimas.
En la decisión, el alto tribunal explicó que “la discriminación contra la comunidad LGBTI por motivos de orientación sexual, identidad o expresión de género constituye una grave violación a los derechos humanos. La diversidad sexual no puede ser un motivo de agresión ni de violencia en un Estado Social de Derecho que respete la dignidad humana y la democracia”.
La discriminación contra la comunidad LGBTI por motivos de orientación sexual, identidad o expresión de género constituye una grave violación a los derechos humanos
Así mismo, la Sala accedió a las demandas de verdad solicitadas por las víctimas y reconoció a Alfredo Andrés Bula, subdirector de la Corporación Caribe Afirmativo, como su apoderado, permitiendo su participación en las versiones voluntarias adelantadas en el caso.
El tribunal transicional destacó que la importancia del reconocimiento de las cinco víctimas en la JEP se entiende "recordando que en el contexto de la guerra la población LGTBI ha sido una víctima invisibilizada".
En un documento de 2015 del Programa para el Desarrollo de las Naciones Unidas (PNUD), se reveló que, de siete millones de víctimas registradas en la Red Nacional de Información de la Unidad de Víctimas, 1.422 declararon ser parte de la población LGBTI.
En Twitter: @JusticiaET

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