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Noticia

Las dos rutas de articulación de la JEP por las que saldrán las primeras sanciones

La JEP afinó procesos e instancias sobre las que se decidirá el futuro de los comparecientes.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) entró en funcionamiento en marzo del 2018. Ahora, está en funcionamiento pleno.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) entró en funcionamiento en marzo del 2018. Foto: Jaiver Nieto Álvarez / EL TIEMPO.

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La primera sentencia emitida por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) va tomando cada vez más forma. Este tribunal ha anunciado las instancias y los procesos de articulación interna para establecer las Iniciativas, Planes, Programas y Proyectos Restaurativos (IPPPR), con los cuales los comparecientes de las ex-Farc y la Fuerza Pública purgarán los graves crímenes cometidos durante el conflicto.
Los estándares son altos. Las sanciones tendrán que cumplir con las expectativas de reparación de las víctimas, así como ofrecer seguridad jurídica a los que las reciben y ser espacios de reconciliación en el engranaje social. 
JEP

Magistratura de la JEP Foto:JEP

Si bien la JEP es un órgano judicial, las penas no tienen un carácter punitivo sino que buscan resarcir el daño y generar un impacto sostenible en el tiempo en las comunidades y los territorios más golpeados por el conflicto.
En este camino, el tribunal ha establecido dos rutas para la materialización de las sanciones. La primera es interna: el Comité de Articulación del Sistema Restaurativo, al que las diferentes Salas y Secciones deben presentar sus propuestas. La segunda es la Instancia JEP-Gobierno, donde se concretará su implementación y ejecución, una tarea que, según lo consignado en los acuerdos de paz, es responsabilidad del Estado.
Sobre el Ejecutivo también recae la labor de la asignación presupuestal y, de manera mancomunada con la JEP, brindar las condiciones de seguridad para los firmantes. 
En los próximos días habrá una reunión entre la JEP y la defensa de ‘Macaco’.

Jurisdicción Especial para la Paz. Foto:Cortesía JEP

Con la doble vía establecida para la materialización de las sanciones, la Jurisdicción también espera afinar las instancias de cooperación internacional con organizaciones civiles y otros actores sociales y económicos para sumar esfuerzos e impulsar acciones restaurativas.
"Entre los principios y criterios establecidos para asegurar una colaboración armónica en el desarrollo de las iniciativas, se aclara que: 1) Los magistrados y magistradas tendrán plena autonomía para decidir qué proyectos con carácter restaurativo incluir en sus sentencias y resoluciones. 2) Se garantiza el respeto por las competencias diferenciales y los alcances específicos de cada institución; y 3) que la participación de las víctimas deberá ser efectiva, accesible y diferencial, además de informada y dialógica, con representación judicial idónea, acompañamiento psicosocial y apoyo psicojurídico", precisó la JEP.
El Comité de Articulación del Sistema Restaurativo de la JEP funcionará como el canal institucional y será el espacio encargado de evaluar, coordinar y hacer seguimiento a las iniciativas restaurativas dentro de la Jurisdicción. Mientras que el presidente, magistrado Alejandro Ramelli, y la secretaría ejecutiva serán los únicos mediadores en la Instancia de Articulación JEP-Gobierno.

Las reglas de juego

La Jurisdicción también dejó claro que los proyectos de la oferta pública, privada o de la cooperación internacional que serán seleccionados para la sanción serán aquellos que cumplan con los "estudios legales, técnicos, financieros, sociales y ambientales necesarios para garantizar su viabilidad y sostenibilidad". Asimismo, los magistrados podrán proferir todas las órdenes necesarias,en el marco del proceso judicial, para impulsar, reestructurar y medir su impacto.
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El presidente Gustavo Petro y el magistrado Alejandro Ramelli, presidente de la JEP. Foto:JEP

"Si un proyecto de la oferta pública, privada o de cooperación resulta de interés para los despachos judiciales, pero requiere ajustes para garantizar su perfil restaurativo, esto no impedirá la emisión de la sentencia o resolución. En estos casos, se podrá adoptar la decisión respectiva, ordenando a la entidad a quien corresponda desarrollar los ajustes necesarios, en el menor tiempo posible, para asegurar la pronta materialización de las decisiones", agregaron. 
Sara Valentina Quevedo Delgado 
Redacción Justicia

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