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La vía que abrió JEP para cerrar heridas de la barbarie del secuestro
La jurisdicción calificó las conductas como crímenes de guerra y lesa humanidad. ¿Qué viene ahora?
Un hito histórico se produjo esta semana en el sistema de justicia transicional del país, producto de la búsqueda de salidas negociadas al conflicto, luego de que los magistrados de la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dieron a conocer el auto de determinación de hechos y conductas del caso 01, sobre secuestro.
Se trata del primer gran paso para que se tomen decisiones judiciales de fondo contra los exjefes de las Farc que tuvieron responsabilidad en esa execrable práctica, que marcó a la sociedad colombiana y la llevó a movilizarse en favor de la libertad y el respeto de los derechos humanos.
En el duro escrito de 322 páginas, la Sala revela en detalle cómo funcionaba el secuestro –que catalogó como una política dentro la extinta guerrilla– e imputa a ocho de la antigua cúpula de las Farc por delitos asociados con privar de la libertad a civiles y de la Fuerza Pública.
Lo que ha mostrado la JEP con esta decisión es que, si la dejan trabajar, los resultados en términos de verdad y justicia van a ser impresionantes
Pero la decisión va más allá. La Sala de Reconocimiento, autora del escrito, determinó recalificar la conducta de secuestro a la luz del Derecho Penal Internacional, lo que significa que los ex-Farc serán procesados como responsables de crímenes de guerra (de toma de rehenes) y crímenes de lesa humanidad (de privaciones graves a la libertad). Aunque parecería un tema de mero lenguaje, esto implica la posibilidad de que los exguerrilleros sean juzgados por la Corte Penal Internacional o por otros Estados en caso de no ser investigados a nivel nacional.
“Lo que ha mostrado la JEP con esta decisión es que, si la dejan trabajar, los resultados en términos de verdad y justicia van a ser impresionantes”, le dijo a EL TIEMPO el magistrado Eduardo Cifuentes, presidente de la jurisdicción.
La magistrada Julieta Lemaitre, quien encabeza el caso 01, es una de las figuras más respetadas del derecho en Colombia, y cuenta con un doctorado en la Universidad de Harvard. Foto:JEP
Entre los imputados se encuentra el presidente del partido Comunes, Rodrigo Londoño, así como los hoy congresistas Pablo Catatumbo y Julián Gallo. También aparecen Pastor Alape, Rodrigo Granda, Joaquín Gómez, Jaime Alberto Parra y Juan Hermilo Cabrera, quien falleció el miércoles, horas antes de que la JEP diera a conocer el auto.
Desde el 4 de julio de 2018, cuando se abrió el caso 01 bajo el nombre de ‘Retenciones ilegales de personas por parte de las Farc’ –que cambió a ‘Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad’–, la JEP contrastó los datos de 17 informes de la Fiscalía, organizaciones de víctimas y el Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH), escuchó 38 versiones individuales y 8 versiones colectivas en las que participaron 257 comparecientes, y analizó las observaciones que 1.028 de las 2.456 víctimas acreditadas les hicieron a esos testimonios.
Foto:Juan Carlos Quintero. Archivo EL TIEMPO
Como resultado, las 322 páginas del escrito dan cuenta de la barbarie cometida a manos de la otrora guerrilla contra las personas que tuvo secuestradas, que, según las estimaciones de la JEP luego de cruzar cinco bases de datos, fueron al menos 21.396. De esa terrible cifra, la más alta registrada por una autoridad hasta ahora, 1.860 personas están reportadas como víctimas de desaparición forzada, y otras 627, como asesinadas.
Este dosier documenta y relata, además, el sufrimiento de los cautivos: casos de tortura psicológica a través de falsos fusilamientos, cobros por rescate de cadáveres, hacinamiento, golpizas durante interrogatorios, violaciones y abusos sexuales, plagio de adultos mayores, niños y mujeres embarazadas son solo algunas de las conductas a las que fueron sometidos.
Por esto, al considerar que los exguerrilleros cometieron otros crímenes en relación con el secuestro, la jurisdicción los vinculó por homicidio, desaparición forzada, torturas, tratos crueles, violencia sexual y desplazamiento forzado.
“Esto es un paso muy grande en el reconocimiento al dolor que nos causó ese horror del secuestro. El auto es un avance muy importante en la construcción de la paz y la verdad, y en la validación de la justicia transicional”, aseguró el exgobernador del Meta Alan Jara, quien permaneció más de 7 años en cautiverio a manos de las Farc.
La JEP señaló que en la extinta guerrilla existía una política que consistía en la privación de la libertad indiscriminada para buscar dineros y financiar a la organización.
Esa política, dice el documento, “convertía a los seres humanos en cosas cuyo valor no radicaba en la dignidad humana, sino en el valor del intercambio por el dinero que tenían y que podían reportar a la organización”.
Foto:Felipe Caicedo. Archivo EL TIEMPO
La aseveración controvierte el testimonio de varios excomandantes, quienes aseguraron que, por estatutos, se prohibían “los malos tratos a los cautivos”. Así, para la Sala, “la orden de ‘buen trato’ concernía solo a la preservación de la vida biológica del cautivo y no de su dignidad humana”.
Y se desgranan en la investigación de la JEP cientos de testimonios de víctimas y sus familias que sufrieron la ignominia del secuestro. Se encuentran relatos sobre tocamientos y gestos obscenos, golpes con las culatas de las armas, burlas e insultos, cobros millonarios por rehenes que terminaban matando, jornadas de caminata encadenados y sin alimento o, incluso, asesinato de quienes no podían seguir el paso de estos traslados.
A todo esto se sumaban las amenazas de muerte y los simulacros de fusilamiento como castigo, intimidación y humillación. Una víctima lo narró así: “Viene también la tortura psicológica… todos los días nos anunciaban de que si intentábamos fugarnos pues éramos personas muertas”.
Otro secuestrado narró que en una oportunidad lo pusieron a cavar un hueco con una pala, como si fuera una tumba, mientras le decían que lo iban a matar: “Sentía que en cualquier momento que fuera a terminar de cavar, ellos dispararían”, le dijo a la jurisdicción.
Además, de los 1.480 hechos reportados por las víctimas acreditadas, 38 incluyen violencia sexual de manera explícita, con y sin carnal durante el cautiverio. Una de estas personas contó cómo ‘Uriel’, miembro de la columna ‘Jacobo Arenas’, “la amenazó con armas, la violentó sexualmente y la privó de su libertad para violarla en repetidas ocasiones, diciéndole que si no se iba con él, tomaría represalias contra su familia”, dice el dosier.
Con esta decisión no se cierra el caso 001, ni mucho menos. De hecho, es apenas el principio de una importante etapa
¿Qué viene ahora?
Como señalan las profesoras Juana Acosta (U. de La Sabana) y Camila Correa Flórez (U. del Rosario), coordinadoras del ObversaJEP, “con esta decisión no se cierra el caso 001, ni mucho menos. De hecho, es apenas el principio de una importante etapa en la que habrá más autos similares y se inicia el camino del reconocimiento de responsabilidad y verdad por parte de los comparecientes”.
En efecto, los del secretariado recibieron el escrito el miércoles, y tienen 30 días hábiles para reconocer o rechazar lo que se les imputa. En ese plazo, las víctimas acreditadas y la Procuraduría también se pueden pronunciar.
Finalizado el plazo se abren dos escenarios: el primero es que los ex-Farc reconozcan los crímenes y aporten verdad plena, en tal caso la JEP programaría una audiencia de reconocimiento.
Luego de esto, se adopta la resolución de conclusiones, en la que quedan plasmados los hechos investigados y la aceptación de los mismos por parte de los excombatientes, y el caso se remite al Tribunal de Paz para que se imponga la sanción correspondiente, que debe ser consultada con las víctimas y tener un propósito reparador.
Las penas en este caso no implicarán cárcel, pues así quedó plasmado en el acuerdo de paz y los desarrollos legislativos que tuvo el proceso. Se denominan sanciones propias y consisten en una restricción en establecimientos no carcelarios de 5 a 8 años. Y de entre 2 y 5 años de sanción para quienes hayan tenido una participación no determinante en el delito.
Esta segunda pena no se aplicaría a los máximos exjefes de las Farc, que son considerados por la JEP como los responsables de las órdenes que llevaron a que los hombres bajo su mando cometieran las graves violaciones a los derechos de los secuestrados.
“Cada uno de los del antiguo secretariado de las Farc conocía la naturaleza criminal de las privaciones de la libertad que ordenaron, sabían que estaban prohibidas y que tenían una pena. Aun así, realizaron contribuciones esenciales al plan común de cometerlas, y tuvieron la intención individual de cometer los hechos”, se lee en la decisión.
En el segundo de los escenarios que se podría dar, los excomandantes de la desaparecida guerrilla podrían negar su responsabilidad. Frente a esto, el caso se remite a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP, que tiene hasta 12 meses para indagar el caso y definir lo que sigue.
En este escenario se da paso a un juicio como los que se realizan en la justicia ordinaria, en el que se escucharán testigos de las partes y se conocerán evidencias para al final establecer si los excombatientes son inocentes o culpables de las conductas que se les atribuyeron.
En caso de ser encontrados culpables por la Sección de Ausencia de Reconocimiento, podrían recibir penas de hasta 20 años de cárcel.
Sobre lo que podría pasar con los dos congresistas de las ex-Farc que están vinculados al proceso, aún no hay certeza definitiva, y la decisión sobre si podrían continuar o no en sus curules deberá ser evaluada por el Tribunal de Paz.
Desde algunos sectores desde ya se ha pedido que se aparten de sus curules los congresistas Pablo Catatumbo y Julián Gallo, quienes aparecen vinculados a varios delitos en la decisión de la JEP.
Carlos Antonio Lozada - Candidato al Senado
Julián Gallo Cubillos, alias Carlos Antonio Lozada, es un político revolucionario que permaneció en las filas de las Farc-EP por más de 39 años; actualmente es integrante del Consejo Político Nacional de las Farc y es el responsable de manejar las comunicaciones del partido. Gallo Cubillos es uno de los candidatos al Senado para las elecciones del próximo año. Foto:Carlos Ortega / EL TIEMPO
“Una vez avance el procedimiento que impulsa esta decisión (la imputación), y se impongan las sanciones a los máximos responsables, la JEP debe definir qué sucede con sus derechos políticos”, apuntó el presidente de la jurisdicción, Eduardo Cifuentes.
Analistas consultados señalaron que en la normatividad establecida como parte del acuerdo de paz no hay nada que determine que los excombatientes deben abandonar sus curules en este punto del proceso en la JEP.
Así, señalaron, la Ley 1957 de 2019 establece que es deber de la JEP “determinar la compatibilidad entre la ejecución de la condena y la participación en política”, y lo tendrá que hacer caso por caso “ponderando la proporcionalidad de la sanción con la gravedad del crimen y el grado de responsabilidad del autor; y el tipo y grado de restricción a la libertad”. Incluso ya hay sentencias de la Corte Constitucional que señalan que la JEP tiene la “facultad para determinar en cada caso si la sanción impuesta es o no compatible con la reincorporación simultánea en la vida pública y con el ejercicio de los derechos de participación política”.
Así las cosas, la decisión solo es el primer paso para definir la suerte judicial de los excombatientes que siguen su ruta en la jurisdicción de paz.