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Noticia
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Caso UNGRD: las penas a las que se expondría Carlos Ramón González, exdirector del Dapre, tras llamado de Fiscalía
El ente de investigación solicitará medida de aseguramiento en su contra. ¿Qué pasa si no asiste a las diligencias?
Carlos Ramón González, exdirector del Dapre. Foto: Archivo particular
Aunque hasta ahora no se tiene la hora y fecha exacta de la imputación contra Carlos Ramón González Merchán, el exdirector del Departamento istrativo de la Presidencia (Dapre), la Fiscalía sí dejó claro las razones por las que lo acusará y pedirá medida de aseguramiento por sus presuntos vínculos con el saqueo a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo.
A través de un breve comunicado, la Fiscalía anunció que solicitó ante el Tribunal Superior de Bogotá las audiencias al señalar a otrora exdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) como presunto responsable de los delitos de cohecho por dar u ofrecer, peculado por apropiación en favor de terceros y lavado de activos.
Con este llamado, González se convierte en una de las fichas más altas del gobierno Petro (involucrada en el escándalo) en ser llamada a imputación y se suma a los procesos que cursan contra Sandra Ortiz, exconsejera presidencial para las regiones, Olmedo López, exdiretor de la UNGRD, César Manrique, exdirector de Función Pública y los excongresistas Iván Name y Andrés Calle
Recordemos que González, según testimonios de López y Sneyder Pinilla (exsubdirector de la UNGRD) “organizó” un cónclave con altos funcionarios donde se concretó el desembolso de 4.000 millones de pesos para ser entregados a los expresidentes del Congreso (Name y Calle) para favorecer e impulsar las reformas sociales del actual gobierno.
EL TIEMPO consultó con penalistas para conocer las penas que tendría que enfrentar el exdirector del Dapre si es hallado responsable de los delitos que se les acusa.
Carlos Ramón González y los alfiles presidenciales que han caído en el escándalo de la UNGRD. Foto:Archivo
El abogado penalista Francisco Bernate explicó que el delito más grave dentro de los imputados es el peculado por apropiación, cuya sanción puede alcanzar los 33 años de prisión. “Cuando se trata de varios delitos, partimos del más grave, que en este caso es el peculado. En ese sentido, y teniendo en cuenta que es una persona sin antecedentes penales, la pena podría oscilar entre 10 y 15 años de cárcel, siempre que no se llegue a un acuerdo con la justicia”, señaló.
Por su parte, el abogado Duván Castañeda indicó que, si bien el delito de cohecho contempla una pena entre 4 y 9 años, y el peculado por apropiación entre 9 y 22 años, el lavado de activos tiene una sanción mínima de 10 y una máxima de 30 años. “En este caso se configura un concurso de delitos, y la pena se determina partiendo de la más alta. De acuerdo con la ley, a González Merchán podría imponérsele una condena entre 10 y 25 años, sin a subrogados penales como prisión domiciliaria o libertad condicional, pues se trata de delitos excluidos de esos beneficios”, precisó Castañeda, citando el artículo 68A del Código Penal.
Edificio del búnker de la Fiscalía General de la Nación. Foto:Foto: Jesús Blanquicet
El penalista Sócrates Saavedra coincidió en que el punto de partida sería el peculado, cuya pena base es de hasta 270 meses (22 años y medio). No obstante, si se supera la cuantía de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes, la condena por este delito puede alcanzar los 405 meses (33 años). “A esto se le pueden sumar agravantes por los otros delitos, aunque el juez debe garantizar que la pena total no exceda la suma dosificada según el Código Penal”, explicó.
La Fiscalía pedirá medida de aseguramiento contra González. Foto:Cortesía
Su presencialidad en las futuras diligencias.
Como se sabe, González se encuentra por fuera del país, y con la solicitud de la Fiscalía, se abrió el debate sobre su presencialidad en las futuras diligencias.
Para Guillermo Mendoza Diago, exfiscal general, la presencia del procesado no es obligatoria en las audiencias iniciales, aunque lo podría hacer de manera virtual. “Él puede faltar, pero sí tiene que hacerlo obligatoriamente su defensor tanto en las diligencias de la formulación de imputación y si hay solicitud de medida de aseguramiento. Pero cuando forma parte de las actividades probatorias, en el juicio oral sí se hace imprescindible la presencia”, dijo el jurista.
Asimismo, si no comparece pierde oportunidad de aceptar cargos y recibir la reducción de la prueba. Sin embargo, para el abogado Fabio Humar, al haber solicitud de medida de aseguramiento, González deberá presentarse, o de lo contrario se podría librar una orden de extradición o de Interpol.