La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rebajó de 24 años a 11 años y 10 meses de prisión la pena que deberá pagar el exalcalde de Bogotá Samuel Moreno Rojas por el denominado 'carrusel de la contratación' de la ciudad.
Se trata de una de las condenas dictadas en contra de Moreno, específicamente por las irregularidades alrededor del contrato de malla vial 006 de 2008, el de valorización 180 de 2005 y la cesión del contrato 137 de 2007 para la Fase III de Transmilenio.
El exalcalde tiene en su contra otras dos condenas por lo que a pesar de la rebaja de la pena no sería posible que recupere su libertad de forma inmediata.
Al revisar un recurso presentado por la defensa del exalcalde, la Corte Suprema ratificó la responsabilidad de Moreno en los hechos de corrupción, así como la condena dictada en 2019 por el Tribunal Superior de Bogotá por los delitos de cohecho propio e interés indebido en la celebración de contratos.
La Sala Penal dijo que se demostró que, junto a los empresarios del Grupo Nule, el abogado Álvaro Dávila, el entonces contralor distrital Miguel Morales Russi y empleados del IDU, Moreno es responsable del acuerdo de pago de comisiones de éxito correspondientes a específicos porcentajes del valor de cada uno de los contratos de malla vial que fueron adjudicados.
"Cometió el delito de cohecho (...) pues acordó la obtención de grandes beneficios económicos a cambio de favorecer a los contratistas que colaboraron con dinero y políticamente en su campaña para conseguir ser elegido como Alcalde de Bogotá", dice la sentencia de 91 páginas.
No obstante, la Sala Penal absolvió a Moreno del delito de peculado al tener en cuenta la decisión judicial que absolvió a la directora del IDU, Liliana Pardo, por este mismo comportamiento atribuido al entonces Alcalde Mayor.
En ese fallo, del 7 de febrero de 2020, se declaró que en la cesión del contrato 137 de 2007 el Distrito no perdió dinero. En ese sentido, dijo la Corte, "si no se configuró el peculado por apropiación en favor de terceros, Samuel Moreno no podría tener la condición de interviniente en esa conducta".
Tal cesión se entregó a Conalvías en 2010 sin que se amortizara un anticipo de 28.000 millones de pesos, valor que posteriormente fue asumido por la aseguradora Segurexpo, dice la decisión.
"Tal circunstancia activa la facultad oficiosa de la Corte, pues si respecto de los mismos hechos ya hay una decisión judicial que ha hecho tránsito a cosa juzgada material (el fallo del Tribunal en el caso adelantado contra Liliana Pardo fue impugnado en casación y la Sala decidió el 27 de abril de 2022 initir la demanda), en la cual se declaró que no hubo pérdida de dinero del Distrito y, por tanto, no se configuró el peculado por apropiación en favor de terceros, es claro que Samuel Moreno Rojas no podría tener la condición de interviniente en esa conducta", dice el fallo.
¿Podrá recuperar su libertad?
Moreno Rojas está privado de su libertad desde octubre de 2011 es decir lleva más de 10 años privado de la libertad. En su sitio de reclusión ha redimido pena.
Sin embargo tiene otras condenas en su contra de 25 años y 24 años de prisión.
Un juez de ejecución de penas encargado de vigilar su sentencia tendrá que toma la pena más alta y sumar un porcentaje de las otras dos condenas para fijar la pena total que tendría que pagar por sus delitos.
En todo caso antes de la libertar podría pedir beneficio como la casa por cárcel o la solicitud de libertad durante 72 horas.
@JusticiaET
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