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Noticia
El ‘castigo’ contra un abogado que señaló a toda una familia de integrar una organización criminal ante el incumplimiento de un acuerdo comercial
El mensaje fue difundido en la empresa donde trabajaba la esposa del deudor, a la universidad de su hija mayor y en el colegio de la hija menor. Esta es la historia.
Como una persona que traspasó todos los límites del respeto y la prudencia que impone el ejercicio del derecho, calificó la Comisión Nacional de Disciplina Judicial a la actuación de un abogado al que el alto tribunal le impuso una sanción.
De acuerdo con la alta Corte, el caso tuvo su origen a finales de 2021, cuando el abogado denunció penalmente a un ciudadano con quien celebró un contrato a través de dos empresas, “generándose el incumplimiento de una de las partes respecto de las obligaciones financieras derivadas de ese acuerdo comercial”.
Lo anterior derivó en que el abogado, a finales de ese año, acudiera a la justicia ordinaria para denunciar a su contraparte, a su esposa y a su hija mayor “por los delitos de estafa, emisión ilegal de cheque y falsedad en documento privado”.
Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes. Foto:EL TIEMPO
"El abogado, además de anunciarle si vinculación al proceso penal, fue más allá y no tuvo ningún reparo en acudir a todas las instancias que involucraban a la familia del deudor, señalándolos de hacer parte de una organización criminal”, se lee en el comunicado.
Pero lo grave del caso radica en que el abogado hizo público el mensaje en los contextos en donde se desenvolvía los demás de la familia.
“Ese mensaje lo extendió a la empresa donde trabajaba la esposa del señor, a la universidad donde estudiaba su hija mayor, al colegio donde ella se había graduado y, peor aún, al colegio donde estudiaba la hija menor de la familia. En todos los casos advertía a directivas, rectores, profesores y demás de la comunidad académica abstenerse de relacionarse con quienes a su juicio constituían un peligro para la sociedad”, señaló el tribunal.
El abogado fue sancionado. Foto:Cortesía
Al estudiar el caso, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá estableció que el abogado “vulneró el deber contenido en el numeral 7 del artículo 28 de la Ley 1123 de 2007, por incurrir en falta disciplinaria contra el respeto a la istración de justicia y a las autoridades istrativas", regulada en el artículo 32 de esa misma ley, consistente en “injuriar o acusar temerariamente a los servidores públicos, abogados y demás personas que intervengan en los asuntos profesionales, sin perjuicio del derecho de reprochar o denunciar, por los medios pertinentes, los delitos o las faltas cometidas por dichas personas”.
Es por ello que el 13 de junio de 2024, el alto tribunal sancionó al abogado para el ejercicio de la profesión de abogado.
Pero inconforme con la decisión, el investigado apeló y el asunto llegó a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, que luego de valorar todas las pruebas.
“Concluyó que su conducta fue totalmente descontextualizada y fuera del ámbito de su actuación judicial, pues éticamente no le era dable remitir copia de la denuncia que había interpuesto a entidades diferentes de la Fiscalía General de la Nación”, dijo la Comisión.
Además, consideró que “es claro que los escritos enviados por el abogado junto a la copia de la denuncia ocasionaron un daño a la hija menor de edad, pues independientemente de que éste hubiese sido difundido o no entre los padres de familia y la comunidad educativa, lo cierto es que el simple hecho de informar sobre la presunta comisión de delitos de los padres y alertar para que otros no se vieran afectados por ellas, vulneró la imagen de la menor y de su familia ante todo el plantel”.
Con base en esas consideraciones, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en fallo con ponencia de la magistrada Magda Victoria Acosta Walteros, confirmó la suspensión del abogado.