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Confirman condena a exjuez que otorgó casa por cárcel a un capo bajo la figura de padre cabeza de familia

El hombre deberá pagar 5 años de cárcel por prevaricato. Fue condenado una década después de los hechos.

Corte Suprema de Justicia

Corte Suprema de Justicia Foto: César Melgarejo

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó una condena de cinco años de prisión impuesta al exjuez primero penal municipal con función de control de garantías ambulante de Villavicencio, Raúl Hernán Ardila Baquero, por el delito de prevaricato por acción agravado. 
De acuerdo con la decisión, Ardila, quien trabajó como titular de dicho Juzgado entre 2013 y 2017, favoreció con una medida de prisión domiciliaria al exjefe financiero del grupo de 'Autodefensas Libertadores del Vichada', Guillermo Velásquez Álvarez, alias Farid, quien era procesado por los delitos de concierto para delinquir agravado y de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, rios, partes o municiones.
Archivo de captura de integrantes de los Libertadores del Vichada.

Captura de integrantes de los Libertadores del Vichada. Foto:Hernando Herrera

El entonces juez ordenó, el 5 de septiembre del año 2003, la sustitución de la medida de aseguramiento que pesaba contra 'Farid', pese a que el peligroso criminal adscrito a los 'Vencedores del Vichada', la disidencia del extinto Ejército Revolucionario Popular Antisubversivo de Colombia 'Erpac', no cumplía con los requisitos de ley para dicho beneficio. 

Un proceso demorado por favorecer a un criminal polémico

Lo curioso es que la condena de primera instancia contra el exjuez Ardila Baquero llegó diez años después de los hechos, en junio del año 2023, por decisión del Tribunal Superior de Villavicencio. La formulación de acusación en su contra se dio entre los años 2017 y 2018. La audiencia preparatoria del juicio culminó en 2019 y el juicio oral concluyó dos años después. 
En ese mismo fallo el Tribunal absolvió al juez de una acusación que apuntaba a su supuesto rol en una "organización criminal"  que benefició a integrantes de estructuras delincuenciales con decisiones en los procesos que cursaban en su contra en despachos de los departamentos del Meta y Cundinamarca.
José Joaquín Urbano, magistrado de la Corte Suprema.

José Joaquín Urbano, magistrado de la Corte Suprema. Foto:Corte Suprema

Alias Farid, el capo favorecido con la casa por cárcel y quien trabajó junto al difunto Marín Farfán Díaz 'Pija Arbey', también protagonizó otras polémicas con la justicia. Hay registros de una controversia posterior con guardianes del Inpec que lo sacaron de su casa-cárcel, en el año 2016, para que disfrutara de unas noches de hotel en el municipio de Puerto Boyacá. 

Las razones de la Corte Suprema para confirmar la condena contra el exjuez Raúl Ardila Baquero

El magistrado de la Sala Penal de la Corte José Joaquín Urbano estuvo encargado de la ponencia que confirmó la condena. El magistrado analizó que aunque si bien el procesado sí tenía un hijo menor de edad para la época de los hechos, "estaba acreditada la concurrencia de otras personas que podían asumir el cuidado del infante y que, de hecho, lo venían haciendo". 
Por eso consideró que la decisión del juez fue "ilegal" y que usó una argumentación "amañada, sofística y abiertamente contraria a la normatividad vigente".
"La detención o prisión en el lugar del domicilio a favor de los padres o madres cabeza de familia, cuya libertad se ve afectada en virtud de un proceso penal, no puede en principio suscitar situaciones intolerables de impunidad; es decir, aquellas en las cuales el derecho reconocido del menor afecte de manera grave o desproporcionada la realización efectiva de los fines del proceso o del cumplimiento de las funciones propias de la pena o la detención preventiva", indica la exposición realizada por el magistrado Urbano. 
Corte Constitucional

Palacio Alfonso Reyes Echandía Foto:Corte Constitucional

La Corte cuestionó que el juez de Villavicencio argumentara que una persona que fue capturada en flagrancia, portando armas, en zona selvática, y que ya había sido condenada y detenida en el pasado, cumpliera los requisitos para ser considerado padre cabeza de hogar. 
"No es isible desde el punto de vista constitucional y legal que Ardila Baquero realizara una tal 'abstracción' del análisis de los aspectos subjetivos y personales del implicado Velásquez Álvarez, respecto de quien en el desarrollo de la audiencia del 5 de septiembre de 2013, la Fiscalía acreditó no sólo la existencia de una sentencia condenatoria previa, así como numerosos registros de órdenes de captura e ingresos a establecimientos carcelarios, sino que, además, entregó soportes documentales que daban cuenta de que al momento de su captura se encontraba en zona «boscosa» del municipio de Mapiripán (Meta), en posesión de armas de fuego y, en ejercicio de su rol de líder y 'segundo cabecilla de las autodefensas Libertadores del Vichada'", dice la decisión. 
ANA MARÍA CUESTA
Editora de justicia [email protected]

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