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Análisis
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Choque en el Consejo de Estado por sanciones de la Procuraduría ha provocado la suspensión de 34 decisiones y la caída de otras 13
Secciones del Consejo de Estado han suspendido 34 fallos adoptados en la misma Corte mientras unifican su postura sobre la revisión de las sanciones que ha impuesto la Procuraduría contra los funcionarios de elección popular.
Procuradora Margarita Cabello y sala del Consejo de Estado. Foto: Procuraduría y César Melgarejo/El Tiempo
Las secciones del Consejo de Estado atraviesan unnuevo choque interno por un debate jurídico que tienen en deuda: unificar la postura de la alta corte sobre la revisión de los fallos que ha dictado la Procuraduría General de la Nación contra los funcionarios de elección popular.
Desde el pasado 22 de octubre la Sala Plena comenzó dicha deliberación, ante la división en blanco y negro entre los magistrados que consideran que una autoridad istrativa no puede afectar los derechos políticos de los funcionarios de elección popular, y entre quienes advierten que sí puede.
Las diferencias han provocado la caída de al menos 47 sanciones disciplinarias que ha impuesto la Procuraduría a exsenadores, exalcaldes y otros políticos, por decisión de la Sección Segunda. Pero otras secciones que defienden las facultades del Ministerio Público han reversado y suspendido dichos fallos.
Gustavo Petro, presidente de Colombia, fe protagonista de un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Foto:Presidencia
El fallo interamericano
Las diferencias internas entre los consejeros de Estado surgen por la aplicación del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que, en el año 2020, condenó al Estado colombiano por la vulneración de los derechos políticos del entonces alcalde de Bogotá y hoy presidente de la República Gustavo Petro Urrego, inhabilitado por la Procuraduría de Alejandro Ordóñez.
El año pasado la Corte Constitucional dictó un importante fallo, en el que armonizó a nivel interno los mandatos de la Corte Interamericana, estableciendo que la Procuraduría tiene plenas facultades para sancionar a los funcionarios de elección popular, pero que dichas sanciones sólo tendrán vida cuando las revise el Consejo de Estado.
La Sección Segunda del Consejo de Estado se ha negado a aplicar la revisión automática advirtiendo que las reglas fijadas por el fallo C-030 de 2023 son una "abierta contradicción con los estándares definidos en la Convención Americana de Derechos Humanos y la sentencia de la Corte IDH en el caso Petro".
Sala Plena del Consejo de Estado en octubre de 2023. Foto:@consejodeestado
Los dos bloques
A partir del fallo de la Corte, la Sección Segunda también comenzó a anular sanciones disciplinarias impuestas por la Procuraduría contra los políticos. En menos de dos años han tumbado al menos 47 fallos con demandas de nulidad. Estas decisiones alegan que la autoridad, a la que próximamente entrará el procurador Gregorio Eljach, no puede inhabilitar, suspender o destituir a un alcalde, gobernador, concejal, diputado o congresista.
Es así como la Sección Segunda ha tumbado sanciones contra el exsenador Eduardo Carlos Merlano, contra el exgobernador del Valle Juan Carlos Abadía, contra el exgobernador de la Guajira Juan Francisco 'Kiko' Gómez y contra el fallecido exalcalde de Bucaramanga Rodolfo Hernández, por citar algunos ejemplos.
La Procuraduría ha controvertido dichos fallos con acciones de tutela y las Secciones Quinta y Tercera, del Consejo de Estado, han accedido a algunas peticiones y han tumbado los fallos de la Sección Segunda, conformando tácitamente un bloque a favor de las facultades sancionatorias del Ministerio Público.
La semana pasada la Sección Quinta, con ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas, tumbó diez fallos de la Sección Segunda. En agosto, el magistrado de la Tercera, Martin Gonzalo Bermúdez, ordenó la suspensión de otros 11 fallos de la segunda. En septiembre, el mismo magistrado ordenó la suspensión de otros 10 fallos adversos y la Procuraduría asegura que la Sección Quinta también ordenó la suspensión provisional de otros 13 fallos.
La mayoría de los magistrados de las Secciones Tercera y Quinta consideran que si se sigue el precedente de la Sección Segunda prácticamente todas las sanciones de la Procuraduría contra los políticos terminarían revocadas.
"La postura de la Sección Segunda del Consejo de Estado implicaría que todos los fallos disciplinarios dictados por la Procuraduría en contra de servidores públicos elegidos por voto popular (...) que hayan sido demandados ante la jurisdicción de lo contencioso istrativo fuesen declarado nulos", indica uno de las decisiones.
La Corte Constitucional también ha tumbado, por la vía de la tutela, tres fallos de la Sección Segunda: el del exgobernador Abadía, el del exsenador Merlano y uno del exalcalde Duber Fabio Trujillo.
La Sección Segunda
Pero la Sección Segunda no está sola en sus decisiones que indican que la Procuraduría no puede sancionar a funcionarios de elección popular. Se han producido fallos de las Secciones Primera y Cuarta en contra de la Procuraduría.
Por ejemplo, el presidente del Consejo de Estado, Milton Chaves, de la Cuarta, declaró improcedente una tutela con la que la Procuraduría pedía revocar 10 decisiones de la Sección Segunda. Y el consejero Oswaldo Giraldo, de la Primera, tampoco acogió los argumentos de otra tutela sobre el caso de Juan Carlos Abadía indicando que "el hecho de que en la sentencia atacada se haya considerado que la Procuraduría no tenía competencia para sancionar con destitución e inhabilidad a un funcionario elegido por voto popular, no implica que la autoridad judicial haya transgredido prima facie el núcleo esencial del debido proceso".
Milton Chaves, presidente del Consejo de Estado, y Hernando Sánchez, magistrado de la Sección Primera Foto:CESAR ALVAREZ
La unificación pendiente
Desde el 8 de agosto de 2023, el Consejo de Estado anunció que trabajaría en la unificación de su postura con la idea de garantizar la "igualdad y la seguridad jurídica en las sucesivas decisiones judiciales". Aunque desde el 22 de octubre iniciaron esas deliberaciones, fuentes indican que la decisión demorará por cuenta de los diferentes problemas jurídicos sobre los que se deben poner de acuerdo.
Si bien hay pinceladas sobre cómo podrían votar las secciones, aún es prematuro anticipar resultados, pues fuentes explican que no se ha llegado a ese punto de la discusión.
Quizá el antecedente más cercano sobre este debate está en la deliberación que la Sala Plena realizó en 2017 para tumbar la destitución que Ordóñez impuso contra Petro. En dicho fallo se dijo que "mientras se adoptan los ajustes internos, la Procuraduría General de la Nación conserva la facultad para destituir e inhabilitar a servidores públicos de elección popular".