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Los productos que más subirían de precio con el impuesto al plástico de la tributaria

Corte declaró exequible el impuesto. Empresas no lo cobraron por varios meses.

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La Corte Constitucional declaró exequible el impuesto al plástico de un solo uso utilizado para envasar, embalar o empacar productos que se aprobó en la última reforma tributaria, la de finales del 2022.
Esta decisión, según el gremio Acoplásticos, afecta de manera negativa a la industria, que estuvo casi un año padeciendo la inseguridad jurídica causada por la falta de claridad de la ley, e impacta el bolsillo de las familias al incrementarse el precio de los productos.
Adicional a ello, la Corte precisó que el sujeto pasivo y responsable del impuesto es el fabricante e importador del envase, empaque o embalaje plástico de un solo uso. El problema es que estas empresas no lo cobraron por varios meses.
Esto porque desde la entrada en vigor del impuesto se había generado una confusión sobre quién tenía que asumir el impuesto, si el fabricante o importador del producto plástico, o el fabricante o importador del bien contenido en este.
Un colombiano genera al año 24 kilos de plástico y, de esa cifra, el 56 por ciento es de un solo uso, como los pitillos, cubiertos, platos y envases. Foto: Jaime Moreno. EL TIEMPO

Un colombiano genera al año 24 kilos de plástico y, de esa cifra, el 56 por ciento es de un solo uso, como los pitillos, cubiertos, platos y envases. Foto: Jaime Moreno. EL TIEMPO Foto:Jaime Moreno. EL TIEMPO

En los primeros meses de la vigencia algunas empresas usuarias de estos bienes cobraron el impuesto; sin embargo, después pasaron a cobrarlos los fabricantes de envases por los conceptos de la Dian.
Más tarde, el Consejo de Estado suspendió los conceptos y nuevamente los s de empaques fueron los sujetos pasivos. Y ahora, con la definición de la Corte, esa responsabilidad pasa nuevamente a los fabricantes.
“En consecuencia, la mayoría de las empresas no cuentan con la respectiva provisión para su pago, el cual está previsto para el próximo año. Existe un riesgo grande de que cuando llegue la fecha de pago las empresas no tengan la provisión necesaria y esto se traduzca en quiebra de negocios y despidos en la industria”, asegura el presidente de Acoplásticos, Daniel Mitchell.
El presidente de Acoplásticos, Daniel Mitchell, dice que el sector se afecta por industrias informales y el contrabando.

El presidente de Acoplásticos, Daniel Mitchell, dice que el sector se afecta por industrias informales y el contrabando. Foto:Rodrigo Sepúlveda / EL TIEMPO

Adicional a ello, señala que un producto importado que esté empacado o envasado en plástico no pagará el impuesto, pero el que se realiza en Colombia sí. Y, del otro lado, que las exportaciones podrían pagar el tributo, lo cual haría inviable su competitividad en los mercados internacionales, donde se enfrentan con bienes que no lo pagan.
A esa situación se suma que, a la fecha, el Ministerio de Ambiente no ha reglamentado la certificación de economía circular, con la cual no se causa el impuesto, que, según la ley, ha debido ser expedida a más tardar el 14 de junio de este año.
“Lo más urgente es que aplazar el pago del impuesto y procurar corregir las desventajas que este representa contra la industria nacional en las exportaciones e importaciones, y que el Ministerio de Ambiente reglamente y aplique la certificación de economía circular”, pidió Mitchell.
Plástico

Plástico Foto:iStock

Impacto en el bolsillo

Alrededor del 55 por ciento del consumo de las materias primas plásticas en el país tiene como destino la fabricación de empaques, envases y embalajes.
El impuesto que se aplicó en la reforma tributaria es de 0,00005 UVT por gramo, lo que equivale al pago de 2.120 pesos por kilogramo de material plástico.
De acuerdo con Acoplásticos, el valor de este impuesto equivale a cerca del 20 por ciento del precio final del producto plástico, lo cual es alto e impactará fuertemente el bolsillo de los colombianos.
“Dada la magnitud de la tarifa del impuesto, la consecuencia de toda esta situación sobre la inflación y sobre las empresas y el empleo de la industria puede ser alta”, sentenció.
En concreto, según una encuesta del gremio, el valor del impuesto, como porcentaje del precio de comercialización del producto, equivale a los siguientes porcentajes, para cada una de las categorías de productos estimadas:
- Empaques flexibles, laminados y similares: promedio, 13,1 %; mínimo, 6 %; máximo, 22 %
- Envases rígidos, botellas y similares: promedio, 17,4 %; mínimo 8 %; máximo, 35 %.
- Vajillas y productos desechables y similares: promedio, 16 %; mínimo, 15 %; máximo, 17 %.
- Embalajes, empaques secundarios y similares: promedio, 16,2 %; mínimo, 10 %; máximo 20 %.
- Sacos tipo rafia, big bags y similares: promedio, 17 %; mínimo, 14 %; máximo, 20 %.
Bogotà. 10 de Agosto del 2022. Imágenes para ilustrar proyecto de la reforma tributaria que cursa en el congreso. Foto: Sergio Ivan Acero Yate / El Tiempo.

Bogotà. 10 de Agosto del 2022. Imágenes para ilustrar proyecto de la reforma tributaria que cursa en el congreso. Foto: Sergio Ivan Acero Yate / El Tiempo. Foto:Sergio Acero Yate

Incremento estimado del precio del bien final causado por el impuesto a los empaques o envases plásticos

El gremio también estimó cuál sería el impacto del impuesto sobre los empaques y envases de plástico en el precio de venta al consumidor para una lista de productos de consumo cotidiano en los hogares.
Estos son algunos ejemplos:
- Granos (arroz, lentejas, fríjoles, garbanzos), 500 g, 0,2 %
- Pasta, 500 g, 0,3 %
- Aceite 1.000 ml, 0,4 %
- Polvo para preparar bebidas achocolatadas, 400 g, 1,0 %
- Leche condensada, 300 g, 0,6 %
- Salsas y pastas (salsa rosada, mostaneza, vinagre,
ají, tártara, pasta de tomate), 165 ml, 1,1 %
- Galletas saladas, 9 paquetes, 250 g, 1,3 %
- Harina de maíz, 1.000 g, 0,3 %
- Chocolate, 500 g, 0,2 %
- Agua, 500 ml, 1,8 %
- Kumis, 300 ml, 1,3 %
- Leche, 900 ml, 0,5 %
- Bebidas de malta, 200 ml, 2,6 %
- Jugo (presentación no familiar), 300 ml, 4,1 %
- Jabón de tocador líquido, 2.500 ml, 1,3 %
- Suavizante, 1.000 ml, 2,6 %
- Detergente líquido, 3.000 ml, 3,4 %
- Detergente en polvo, 500 g, 0,6 %
- Champú, 400 ml, 1,8 %
- Papel higiénico x 4 rollos, 0,5 %

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