La tragedia que enluta hoy las familias de seis jóvenes que murieron en Santa Marta al ser arrollados por el empresario Enrique Vives, quien conducía en estado de embriaguez, vuelve a poner sobre la mesa el debate acerca de la efectividad de las sanciones para esta conducta.
Cifras reveladas por el Sistema Integrado de Información sobre las Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito, Simit, demuestran que la gran mayoría de conductores sancionados por conducir borrachos no pagan las multas.
Entre los años 2019, 2020 y lo que va corrido del 2021, las autoridades de tránsito han impuesto 32.671 comparendos por esta infracción, de los cuales, solamente 220 infractores han pagado la correspondiente multa.
Esas multas, de acuerdo con la tasación establecida en el Código Nacional de Tránsito van desde 2.400.000 pesos hasta 85.900.000, las más altas. En total, los conductores ebrios, según el Simit, deben cerca de 300.000 millones de pesos, más exactamente, $280.938.596.641.
Las autoridades han impuesto 32.671 comparendos por esta infracción, de los cuales, solamente 220 infractores han pagado la correspondiente multa
Del total de infractores, a 22.582 ya se les expidió la resolución, es decir, que ya están notificados de su responsabilidad o fueron exonerados. Algunos de estos conductores, según información de la Dirección de Tránsito de la Policía Nacional, Ditra, ocasionaron 299 accidentes en el 2020, que dejaron 92 muertos y 387 heridos.
En lo corrido de este año, han ocurrido 370 accidentes atribuidos por las autoridades de tránsito a conducir bajo el efecto del alcohol, que han dejado 123 muertos y 512 heridos.
Esta situación no es nueva. Hace siete años, cuando la Ley 1696 de 2013 que endureció las sanciones para los conductores en estado de embriaguez apenas llevaba un año de vigencia, a más de 25.000 conductores se les habían impuesto comparendos por esta infracción, pero solamente 392 pagaron la multa.
Desde esa época, los comparendos a conductores ebrios se redujeron a la mitad, pero la cartera morosa para los organismos de tránsito aumentó. “Lo que ocurre, es que al conductor ebrio lo detienen, le imponen el comparendo y les mandan el vehículo a los patios; pero cuando se le pasa la borrachera, va a tránsito, cancela el valor de la grúa y de los patios y se lleva su vehículo sin cancelar el comparendo, y todo porque la norma lo permite”, explicó en su momento la representante a la Cámara Gloria Díaz, coautora de la Ley.
CARLOS CAMACHO MARIN
Subeditor Vehículos
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