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Revisión técnico mecánica: así quedó este requisito para los carros particulares
El Ministerio de Transporte aclara las dudas sobre el plazo para cumplir con este requisito.
Los carros a los que se les mantiene el plazo de seis años son los matriculados entre el 20 de mayo del 2017 y el 19 de mayo del 2018, Foto: Archivo EL TIEMPO
Ante las dudas generadas por la interpretación del Artículo 179 de la Ley 2294 del 19 de mayo pasado, que modificó los plazos para la revisión técnico mecánica y emisiones contaminantes, RTM-EC de los carros particulares nuevos, el Ministerio de Transporte, mediante una circular precisó los términos para cumplir con este procedimiento.
Dicho artículo redujo de seis a cinco años el plazo para la RTM-EC de los carros ‘nuevos’, lo que se suponía regía para los vehículos matriculados a partir de la entrada en vigencia de la Ley, es decir, de mayo de este año.
No obstante, las autoridades de tránsito empezaron a aplicar la norma a carros matriculados en años anteriores, lo que produjo el reclamo de los propietarios, que en muchos casos no pudieron hacer trámites de traspasos debido a que les exigían la RTM vigente, cuando en realidad los cobijaban los seis años iniciales.
Debido a esto, el Ministerio de Transporte expidió una circular en la que informa a los conductores que a partir de la fecha (20 de octubre), todos los carros de servicio particular, que no sean a motocicletas, deberán realizar la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes de su vehículo al cumplir el quinto año, contado a partir de la fecha de expedición de la matrícula.
En revisión técnico mecánica los vehículos deben cumplir con un máximo de emisiones contaminantes permitido. Foto:Archivo EL TIEMPO
Pero, quedan exceptuados de esta medida los vehículos que se matricularon y realizaron su registro inicial entre el 20 de mayo del 2017 y el 19 de mayo del 2018, a los cuales se les mantiene el plazo inicial de seis años, contados a partir de la fecha de matrícula.
“Estos vehículos tenían una expectativa frente a su revisión y en lo que en derecho se llama la retrospectividad de la ley, por lo tanto, ese segmento de vehículos los revisaran al cumplir el sexto año de haber sido matriculados o de haber tenido su registro inicial”, explicó el Ministerio de Transporte.
Revisión técnico-mecánica podría llegar a costar un 30 % más
Este gran incremento se explica como parte de la modificación del artículo 1.º de la Resolución 3318 de 2015, que les permite a los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) contar con un piso y un techo para establecer la tarifa. Aunque esto es legal, son muchos los s que se han quejado de que el alza superó con creces cualquiera que se haya dado durante este año en Colombia.
Al preguntar en varios CDA sobre la nueva tarifa, explican que la están cobrando desde comienzos de agosto, pero no encontramos ninguno que aceptara que fuera como consecuencia de la póliza que deben expedir de forma individual y con cada revisión. Aseguran que el aumento está amparado en la norma del Ministerio de Transporte.
Revisión Técnico Mecánica: se extiende plazo para carros de Bogotá Foto:
Pero eso sí, los CDA a los que se les consultó afirman que entregan una póliza para cubrir choques simples que expide Seguros Mundial, la única compañía en la actualidad que comercializa ese seguro. Entonces, para el dueño del carro se genera la duda ante el incremento, pues a finales de julio, en este mismo periódico, los CDA ya habían anunciado el alza en las tarifas para poder asumir el costo de la póliza que, al parecer, se le trasladó al público.
Con esta movida, así quedaron las tarifas de la RTM: para vehículos particulares y motos, $ 199.000; vehículos livianos, $ 298.000; vehículos livianos eléctricos, $ 222.500, y vehículos pesados, $ 455.000.
Aunque la Ley 2283 del 5 de enero de 2023 dice que esta póliza, ‘amarrada’ a la RTM, es ‘gratuita’ para los s, y los CDA que la están expidiendo aseguran que no la están cobrando, el nuevo valor de la revisión para todos los carros hace pensar que, de una forma u otra, así sea bajo cubierta de la norma, al final paga el de siempre: el dueño del vehículo.
Y esta consecuencia no es culpa de los CDA, que desde hace varios meses intentaron reunirse con representantes del Ministerio de Transporte para que les aclararan dudas fundamentales que tenían sobre el funcionamiento de la póliza, pero principalmente sobre el costo de esta, pues la norma dice que este deben asumirlo estos establecimientos, que desde un principio han sostenido que su canasta de costos ya estaba en el límite y que agregar un cargo más a sus finanzas los llevaría al cierre o la quiebra de sus negocios.
Incluso, varias veces los representantes de los CDA realizaron manifestaciones frente a la sede de la cartera de Transporte para que atendieran estas preguntas y escucharan sus argumentos. La respuesta del Mintransporte fue fijar un plazo límite a partir del 1.º de septiembre para que todos los CDA empezaran a cumplir con el mandato de dar, junto con el certificado de la RTM, el seguro.
Pólizas deben ser entregadas después de la tecnomecánica