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Así quedan los impuestos con UVT de 2023
Así quedaron los ajustes en la Unidad de Valor Tributaria según el Gobierno en el 2023.
La unidad de medida tributaria quedó fijada $42.412. Foto: iStock
La Unidad de Valor Tributario (UVT) es una medida que se creó en el año 2006, a través de la Ley 1111 de ese año. Su principal objetivo es representar diferentes obligaciones tributarias que se encontraban anteriormente expresadas en pesos.
Esta unidad define los valores de los impuestos istrados por la Dian, como la declaración de renta y el impuesto al consumo, entre otros. Además, ha servido para fijar los precios de venta por unidad que se pueden adquirir en los días sin IVA.
“La UVT es la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones istrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales”, puntualiza el artículo 868 del Estatuto Tributario, por medio del cual se fija el valor de la medida aplicable para el año 2023.
Este mecanismo unifica el pago de varios impuestos. Foto:iStock / Dian
El reajuste de la unidad debe realizarse de manera anual con base a la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para ingresos medios, de acuerdo con el artículo citado anteriormente. Aquí se tiene en cuenta el periodo comprendido entre el primero de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este.
La UVT para el año 2023
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) fijó el valor de la UVT para 2023 en $42.412, frente a los $38.004 que regían para 2022.
“En realidad lo que hacen las UVT es que ajustan las normas que indexan su aplicación en función de la UVT y en realidad lo que está capturando es la inflación que se está viendo en el país, el incremento no es otra cosa”, explicó Juan David Velasco, socio de Impuestos Transaccionales en Baker McKenzie, de acuerdo con el diario ‘Portafolio’.
Uno de los tributos que quedó determinado en la reforma tributaria bajo este criterio fue, por ejemplo, el impuesto al patrimonio. Las personas naturales y jurídicas que deberán pagar esta obligación son aquellos que tengan un patrimonio líquido (activos menos pasivos) de más de 72.000 UVT.
A partir de las 72.000 UVT ($3.053 millones en 2023) aplica una tarifa de 0,5 por ciento. Entre 122.000 ($5.174 millones) y 239.000 UVT ($10.136 millones) la tasa se ubicará en 1 por ciento. Desde las 239.000 UVT habrá una tarifa de 1,5 por ciento por cinco años.
Uno de los tributos que quedó determinado en la reforma bajo este criterio fue, por ejemplo, el impuesto al patrimonio. Foto:iStock
Otro factor a tener en cuenta es la tarifa para los dividendos, que será de 15 por ciento para las personas naturales residentes y de 20 por ciento para los no residentes. Aplica de 1.090 UVT en adelante, es decir, desde $46.229 millones.
También se utiliza la UVT para determinar los umbrales en la obligación de declarar impuesto de renta. El decreto 2487 de 2022 establece que están obligados a declarar renta sobre el año gravable 2022 todos los contribuyentes sometidos a dicho impuesto, con excepción de los asalariados, cuyo patrimonio bruto no exceda de cuatro mil quinientas UVT. Es decir, 171.018.000 millones de pesos.
En esa misma línea, los ingresos brutos de los asalariados deben ser inferiores a mil cuatrocientas 1.400 UVT. (53.206.000 millones de pesos), al igual que los consumos mediante tarjeta de crédito, el valor total de compras y consumos, y el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras.
Según el artículo 383 del Estatuto Tributario, la retención en la fuente para los ingresos laborales parte de una base gravable equivalente o mayor a 95 UVT, es decir, 4.029.140 pesos para el 2023.