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Multa de más de 260 millones de pesos por control de la empresa Indupalma Limitada
La determinación la tomó la Supersociedades por el error en el registro mercantil.
Fachada de la Superintendencia de Sociedades. Foto: CEET

PERIODISTAActualizado:
La Superintendencia de Sociedades, luego de una investigación en la que analizó una compleja estructura de entidades extranjeras, declaró a Lilian Gutt de Mishaan, Leslie Berg, H. Edward Berg, Karen Wendy Berg Gutt y Daniel Haime Gutt, como controlantes de Empresa Agroindustrial Palmicultora
Palmas de Oro, S. de R.L. (Panamá) con sucursal en Colombia en Liquidación, la empresa Río San Alberto Limitada, ALRIO Limitada en Liquidación, Industrial
Agraria La Palma Limitada INDUPALMA Limitada en Liquidación, Ceresagro S.A.S.
y Agroingenium S.A.S.
privada no desvirtúa el control societario. Para la superintendencia, la legislación colombiana no consagra como excepción a la configuración de la subordinación, el hecho de que la sociedad subordinada se encuentre incursa en un proceso de liquidación privada.
Adicionalmente, la entidad les impuso a los controlantes una multa por valor de 260 millones de pesos por la infracción al régimen de matrices y subordinadas, al no haber realizado de forma adecuada y completa la revelación de la estructura de control conjunto en el registro mercantil colombiano.
La entidad señaló que las personas naturales a su vez figuran como controlantes de otras sociedades colombianas tales como Inversiones Inmobiliarias VENDOME Ltda, Alimentos Concentrados Ltda, Detergentes Ltda, Sociedad Portuaria OMNIPORT S.A.,
Procesadora de Aceite OroRojo Limitada y GRASCO Ltda.
“La revelación de las situaciones de control o de grupo empresarial es de interés público, por cuanto existe un riesgo para las diferentes personas que interactúan con las empresas, cuando no se conoce la identidad de las verdaderas matrices o controlantes y de todas las entidades vinculadas", explicó el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez.
El superintendente agrego que la idea es garantizar el pronto y debido trámite de las actuaciones istrativas.
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