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Corficolombiana y Grupo Aval aclaran versiones sobre el acuerdo con EE. UU.
En un escrito enviado a medios hacen precisiones ante comentarios que consideran errados sobre tema.
Ruta del Sol II. Foto: Paola Benjumea / Archivo EL TIEMPO
Las compañías Corficolombiana y Grupo Aval enviaron una comunicación a medios del país para aclarar lo que consideran interpretaciones y comentarios equivocados sobre el acuerdo que firmaron recientemente con el Departamento de Justicia de Estados Unidos (DOJ, por sus siglas en inglés) y la Comisión Nacional de Valores de ese mismo país (SEC, por sus siglas en inglés).
A continuación, EL TIEMPO reproduce todo el contenido de ese escrito, que está construido en formato de abecé, con respuestas y precisiones de las dos empresas a comentarios y preguntas que se derivan de las versiones que están circulando:
Bajo ley americana, ¿cuál es la naturaleza del acuerdo con el DOJ? ¿Siendo un acuerdo de enjuiciamiento diferido, se puede afirmar que hoy no existe sentencia o sanción penal o criminal en firme contra Corficolombiana?
Los Acuerdos de Enjuiciamiento Diferido (conocidos como “DPA” por sus siglas en inglés) son un tipo de acuerdo entre el DOJ y una compañía, por medio del cual el DOJ presenta cargos contra la compañía, pero acepta suspender el proceso de esos cargos por un período de tiempo siempre y cuando la entidad acepte cumplir ciertos requisitos o condiciones. Si la compañía cumple esas condiciones, el DOJ desestimará los cargos. La celebración de un DPA termina la investigación del DOJ con respecto a esa compañía en particular.
En este caso, en tres años, el DOJ desestimará el cargo en contra de Corficolombiana siempre y cuando CFC cumpla con las obligaciones del DPA durante ese periodo. Dichas obligaciones incluyen el pago de una multa pecuniaria por parte de Corficolombiana (US$20.3 millones) y el cumplimiento de ciertos requisitos relacionados con reportes periódicos y de compliance, tal como aparecen descritos en el DPA, el cual está disponible públicamente.
El DPA no es una condena penal. Bajo la ley americana, Grupo Aval y CFC no han sido condenados de ningún crimen, ni por el DOJ y ni por la SEC.
Bajo ley americana, ¿cuál es la naturaleza del acuerdo con la SEC? ¿El pago efectuado con ocasión del acuerdo con la SEC, en estricto sentido corresponde a una sanción? una multa? o es una devolución de una utilidad indebida?
Una Orden de Cease and Desist (acuerdo firmado con la SEC) es un tipo de acuerdo celebrado entre la SEC y una compañía, para concluir una investigación de la SEC. Es una orden civil-istrativa impuesta por la SEC, y no es un documento presentado ante una corte. La Orden instruye a la compañía que “cese y desista” (en otras palabras, se abstenga) de cometer o causar cualquier violación mencionada en la Orden, o de cometer cualquier violación futura a la Ley FA.
En la Orden de Cease and Desist de este caso no hay ninguna acusación de que Grupo Aval o CFC estén actualmente violando la Ley FA. Tal como lo indica la Orden, la conducta cometida por el antiguo ejecutivo de Corficolombiana terminó en 2016.
Como parte del acuerdo negociado con la SEC, Grupo Aval y Corficolombiana acordaron hacer una “devolución de beneficios obtenidos” (beneficios calculados de acuerdo con las normas americanas; la devolución es llamada disgorgement bajo la ley americana) sumando un total de $32.1 millones de dólares, más intereses de $8.1 millones de dólares.
Bajo la ley americana, Grupo Aval y Corficolombiana no han sido condenados de ningún crimen, ni por el DOJ y ni por la SEC.
Comisión de Valores y Cambios, en Washington. Foto:Bloomberg
Nos pronunciamos sobre la siguiente imprecisión: Grupo Aval y Corficolombiana itieron en sus acuerdos con las autoridades americanas haber pagado sobornos a funcionarios del Gobierno colombiano.
Los acuerdos con el DOJ y la SEC no contienen ninguna acusación de conocimiento o intención corrupta contra ningún funcionario, director o accionista de Grupo Aval, ni contra ningún funcionario, director o accionista de Corficolombiana, salvo contra el antiguo ejecutivo de CFC.
Ni la SEC ni el DOJ han acusado a Grupo Aval de haber participado en hechos de corrupción. El único reclamo que la SEC hizo contra Grupo Aval es que, como resultado de la conducta del antiguo ejecutivo de CFC, CFC hizo que Grupo Aval infringiera las disposiciones de libros, registros y controles contables internos de la Ley FA.
Los señalamientos contra Corficolombiana consisten en que el antiguo ejecutivo de CFC estuvo de acuerdo con el esquema de corrupción liderado por Odebrecht a través de la Concesionaria Ruta del Sol (CRDS) y el Consorcio Ruta del Sol (Consol) con relación a la adición de Ocaña-Gamarra. Los hechos mencionados en los documentos resolutivos incluyen información entregada por terceros a las autoridades americanas en el transcurso de su investigación acerca de la conducta del antiguo ejecutivo de CFC; tales hechos fueron descritos a CFC por el DOJ y la SEC.
Según la legislación americana, los empleados de las corporaciones son considerados sus agentes (según la teoría de la agencia) y las empresas pueden ser civil, istrativa o penalmente responsables por las acciones de sus agentes, incluidos sus empleados. El antiguo empleado de CFC es considerado por la legislación americana como un "agente" de CFC y, por este motivo CFC asumió responsabilidad ante el DOJ y la SEC por las acciones de este exempleado.
No hubo un juicio. Los acuerdos entre CFC y Grupo Aval y las autoridades americanas fueron el resultado de una investigación de 5 años.
Nos pronunciamos sobre la siguiente imprecisión: Grupo Aval y Corficolombiana itieron ante el DOJ y la SEC la culpabilidad de José Elías Melo.
Ese tipo de isiones sólo las puede hacer la persona acusada. Nadie puede itir o confesar un hecho por cuenta de un tercero. Es una norma elemental y universal del debido proceso en cualquier país. El antiguo empleado de Corficolombiana es considerado por la legislación americana como un "agente" de Corficolombiana y, por este motivo Corficolombiana asumió responsabilidad ante el DOJ y la SEC de los señalamientos contra este exempleado. No obstante, es muy importante enfatizar que sólo él (el antiguo funcionario) podría itir responsabilidad en su propio nombre.
Nos pronunciamos sobre la siguiente imprecisión: Grupo Aval/Los Sarmiento acordaron pagar una millonada a la SEC y al DOJ a cambio de que los sacaran del lío.
Grupo Aval y Corficolombiana jamás han pagado para que los saquen de investigaciones en Colombia o en el exterior.
Grupo Aval y CFC se sometieron a una exhaustiva investigación de 5 años por parte de las agencias americanas; a partir de éstas se firmaron resoluciones con el DOJ y la SEC, las cuales no contienen ninguna acusación de conocimiento o intención corrupta contra ningún funcionario, director o accionista de Grupo Aval, ni ningún funcionario, director o accionista de CFC, salvo contra el antiguo ejecutivo de CFC. CFC asumió responsabilidad por las acciones del antiguo ejecutivo de CFC.
Nos pronunciamos sobre la siguiente imprecisión: En Estados Unidos sí colaboraron y confesaron, pero acá no colaboraron y negaron todo.
Desde el primer día Grupo Aval y Corficolombiana han prestado toda su colaboración a las autoridades en Colombia, atendido todas las solicitudes documentales, declarado cuando ha sido necesario y presentado ante la Fiscalía varias denuncias en averiguación en relación con los hechos que se vinieron a conocer.
Salvo por el exfuncionario de Corficolombiana, ningún funcionario, director o accionista de Grupo Aval, ni funcionario alguno, director o accionista de CFC fue acusado, como resultado de las investigaciones adelantadas por la Fiscalía, de participación en el esquema de corrupción liderado por Odebrecht.
Esa postura es consistente con la conclusión de las investigaciones del DOJ y la SEC. Las resoluciones del DOJ y la SEC no contienen ninguna acusación de conocimiento o intención corrupta contra ningún funcionario, director o accionista de Grupo Aval, ni ningún funcionario, director o accionista de CFC, salvo contra el antiguo ejecutivo de CFC.
Departamento de Justicia de Estados Unidos Foto:EFE
Nos pronunciamos sobre la siguiente imprecisión: Ojalá la Fiscalía ahora sí investigue y mande a la cárcel a la gente relacionada con los sobornos que se mencionan en las resoluciones del DOJ y la SEC.
En las resoluciones del DOJ y la SEC no se mencionan los nombres específicos de los distintos contratos a través de los cuales Odebrecht pagó sobornos desde CRDS y Consol. Sin embargo, estos casos son de conocimiento de la Fiscalía General.
Hasta donde sabemos, todas las investigaciones de Grupo Aval y CFC relacionadas con este caso han sido cerradas.
Nos pronunciamos sobre la siguiente imprecisión: Desde Corficolombiana y/o Fiducorficolombiana se efectuaron pagos de sobornos a funcionarios públicos y/a campañas presidenciales.
Basta con leer las resoluciones públicamente disponibles para confirmar que los contratos ficticios utilizados para el pago de sobornos a funcionarios públicos fueron pagados exclusivamente por CRDS o Consol, vehículos controlados por Odebrecht, socio mayoritario con una participación del 62%.
Nos pronunciamos sobre la siguiente imprecisión: José Elías Melo dice que Los Sarmiento y la Junta participaron/aprobaron los términos de la propuesta.
En ningún momento en su entrevista con la Revista Cambio, el Dr. José Elías Melo manifestó que los Dres. Sarmiento o Junta alguna hubieran conocido o aprobado un soborno. Lo que dice, y es cierto, es que los términos de la propuesta licitatoria fueron conocidos por los Dres. Sarmiento y aprobados por los órganos correspondientes. Esta afirmación, en algunos casos, ha sido tergiversada como una “nueva confesión de José Elías Melo”.
*Corficolombiana y Grupo Aval pertenecen a la sociedad empresarial de la cual hace parte EL TIEMPO.