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Los 10 contratos firmados en plena Ley de Garantías y que podrían chocar con esa norma

Este es el balance en cifras a un un mes de la entrada en vigencia de la norma electoral.

Se cumple un mes de la entrada en vigencia de la Ley de Garantías.

Se cumple un mes de la entrada en vigencia de la Ley de Garantías. Foto: EL TIEMPO

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EDITOR DE UNIDAD DE DATOSActualizado:

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Hace un mes que está en plena vigencia la Ley de Garantías, que desde el 29 de junio tiene restringida la celebración de contratos interistrativos para entidades departamentales y territoriales,  se han suscrito 171 acuerdos de diferente índole cuyo valor supera los $147 mil millones de pesos, revelan datos de Colombia Compra Eficiente, tienda virtual del estado que regula la contratación estatal del país.
Según esas cifras, Pereira es donde más dinero por contratación se ha movido desde el 29 de junio, con  $60 mil millones de pesos. Esto, debido a un contrato “de empréstito interno y de pignoración de rentas" celebrado entre el municipio de Pereira y la Financiera de Desarrollo Territorial (Findeter) por ese valor.
En segundo lugar aparece la Gobernación del Huila, con $18 mil millones. Luego están listados el Distrito Especial de Medellín, con $16 mil millones y  la gobernación del Archipiélago de San Andrés, con $10 mil millones. Pero más allá de los datos, están las normas que permiten o no contratar y que, de no cumplirse, podrían anular los contratos y hasta iniciar procesos judiciales a los contratistas.
Contratos interistrativos en Secop

Contratos interistrativos en Secop Foto:EL TIEMPO

Esto lo dejó muy en claro, el pasado 10 de julio, la Procuraduría General de la Nación a través de una directiva en la que hizo un llamado a las entidades oficiales “para dar cumplimiento a la Ley de Garantías Electorales, especialmente, en lo relacionado con la prohibición de celebrar convenios o contratos istrativos, modificación de plantas de personal, participación en política de servidores públicos, y a la observancia del principio de la planeación”.
En ese documento, frente a los contratos interistrativos, el organismo de control es claro que sólo hay las siguientes excepciones: “cubrir emergencias educativas, sanitarias y desastres, así como los utilizados para la reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura energética y de comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de atentados, acciones terroristas, desastres naturales o casos de fuerza mayor, así como los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias”.

Los contratos de otros temas

En ese mismo sentido se pronunció Colombia Compra Eficiente, al señalar que la prohibición de establecer contratos aplica hasta el 29 de octubre para gobernadores, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital.
Sin embargo, aclara que además de las excepciones ya mencionadas “no se impedirá que se adicionen los convenios vigentes, ni realizar nuevos contratos de prestación de servicios”.
La Unidad de Datos de EL TIEMPO revisó los datos abiertos de los contratos interistrativos del último mes en el portal oficial de Colombia Compra Eficiente para analizar si se adecuaban o no  a las restricciones de ley, es decir, que se suscribieran  del 29 de julio en adelante, que su objeto tuviera que ver con las excepciones manifestadas  y que no ejecutaran recursos públicos.
La prohibición de establecer contratos interistrativos aplica hasta el 29 de octubre
En ese sentido,  el 97 % de los convenios se apegan a esas caractaerísticas. Sin embargo, hay al menos 10 que fueron firmados cuando ya la prohibición estaba vigente, ejecutan recursos públicos y tienen finalidades distintas a las de contratar temas de suministros médicos, emergencias por desastres, casos de fuerza mayor o infraestructura.
Esto, sin embargo, no significa que ya estén violando la ley, pues son los organismos de control, como la Contraloría y la Procuraduría, los que  determinan su validez o no. Además, las entidades estatales que los suscriben tienen el derecho de presentar ante dichas autoridades la documentación que justifique por qué se realizó el contrato.
Uno de los más onerosos fue firmado el pasado 4 de julio entre la Gobernación de Huila y la Corporación Autonoma Regional (CAR) del Magdalena Medio por $2.084 millones de pesos y tiene una vigencia de cuatro meses.
Su objeto, según aparece en el Secop ,es “aunar esfuerzos institucionales y económicos para la ejecución del proyecto ‘incorporación de procesos de educación ambiental en 37 municipios y sus espacios escolares oficiales de básica primaria, a través de estrategias pedagógicas y didácticas en el departamento del Huila”. (Vea el contrato aquí).
Otro de los contratos interistrativos cuyo objeto no incluye alguno de los temas exceptuados, fueron firmados por fuera de tiempo e incluyen dineros oficiales se  firmó el 7 de julio entre la Gobernación de Quindío y la Federación Nacional de Cafeteros de colombia.
Este acuerdo, cuya vigencia va hasta el 11 de noviembre, tiene por objeto “aunar esfuerzos entre el departamento del Quindío y la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia-Comité Departamental del Ouindío para el fortalecimiento de la productividad y competitividad de los productores cafeteros a través la renovación de cafetales y producción de cultivos transitorios que contribuyan a la a la seguridad alimentaria de las familias caficultoras de los municipios de Buenavista y Génova”. (Vea el contrato aquí)
Otros acuerdos que llaman la atención son los firmados por dos alcaldías de Antioquia, con tres días de diferencia, valores, duraciones y objetos similares: entregar dotaciones a los cuerpos de bomberos de sus municipios.
El primero lo consignó la Alcaldía de Puerto Triunfo (Antioquia), el 7 de julio, por $203 millones de pesos y vigencia de seis meses y busca entregar carrotanques al cuerpo de bomberos voluntarios de ese municipio. (Vea este contrato)
El otro lo firmó la Alcaldía de La Ceja, por $200 millones de pesos, vigencia de cuatro meses y un objeto muy parecido al anterior: “aunar esfuerzos para el fortalecimiento de la capacidad operativa del benemérito cuerpo de bomberos voluntarios de La Ceja para la atención de emergencias en el municipio de la Ceja del Tambo“. (Vea el contrato)

¿Hasta dónde se puede contratar?

Expertos consultados por este medio señalaron que para determinar hasta dónde un contrato violó la Ley de Garantías o no, se debe revisar si se trata de planes y proyectos recientes o de programas que estén funcionando con anterioridad. En este segundo caso, la contratación está permitida por la la ley.
Sin embargo, también pueden generar problemas aquellos contratos que generen aglomeración y oportunidades de convertir eventos en campañas proselitistas.
En ese sentido hay un contrato interistrativo de dos meses, por valor de $ 554 millones de pesos, firmado por la Alcaldía de Apartadó con la Corporación Territorio, Paz y Desarrollo, (Corppaz) y cuyo objeto es “aunar esfuerzos para llevar a cabo la organización y ejecución de los juegos escolares fase departamental y los juegos intercolegiados fase regional”. El acuerdo tiene una duración de dos meses.
“En el caso de contratos para organizar eventos como juegos,bazares o reuniones, existe un serio problema porque se puede interpretar como una posiblidad de usar e evento con fines políticos o proselitistas", explicó John Carvajal, abogado constitucionalista y docente de la Universidad Manuela Betrán.
Agregó que “son las entidades las que deben establecer las consideraciones y justificaciones que permitan demostrar que esos contratos no incumplen las normas, sino  que obedecen a políticas de largo plazo y no que se sacaron los programas de la manga para mostrar resultados", de cara a la transición electoral.
En todo caso, en su directiva del mes pasado, la Procuraduría recordó que “los Comités Territoriales de Control Electoral solicitarán la información que consideren necesaria e igualmente, programarán y practicarán las visitas preventivas para la vigilancia y verificación del cumplimiento de las restricciones”, establecidas en la ley.
RAFAEL QUINTERO CERÓN
Editor Unidad de Datos EL TIEMPO
@TheFugazi

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