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Noticia
El exalcalde en La Guajira que fue condenado por fraude en inscripción de cédulas
• Juez libró orden de captura contra José Amiro Morón Núñez, quien deberá pagar 100 meses de prisión.
• La Fiscalía acusó al exfuncionario, quien para la época de los hechos fungía como secretario de Hacienda.
Panorámica del municipio de La Jagua del Pilar, en La Guajira. Foto: Cortesía: Giovanni Daza Manjarrés - Google Maps
El Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Villanueva (La Guajira), dictó sentencia condenatoria de primera instancia contra José Amiro Morón Núñez, tras encontrarlo culpable del delito de fraude en inscripción de cédulas durante las elecciones municipales de 2015 en La Jagua del Pilar, en la que resultó electo por primera vez como alcalde de esta localidad.
En el fallo el Juez Cristian Camilo López Pontón, condenó a Morón Núñez a una pena principal de 100 meses de prisión por lo que se ordenó librar la orden de captura inmediata a fin de que sea puesto a disposición del INnpec.
Sin embargo, el juez le concedió al "Macho Morón", como es popularmente conocido, el beneficio de la prisión domiciliaria en el municipio de la Jagua del Pilar, tras solicitud de su defensa debido a la condición de infractor primario. El exmandatario deberá contar con un mecanismo de vigilancia electrónico y pagar una caución por valor de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Este hecho no dejó de ser de preocupación para el juez, debido a que en este municipio ubicado al sur de La Guajira, en los límites con el departamento del Cesar, se adelanta actualmente el proceso de elecciones atípicas, luego de que precisamente el Consejo de Estado declarara la nulidad de la elección de José Amiro Morón Núñez como alcalde de La Jagua del Pilar para el periodo 2024-2027.
“Preocupa al despacho la posibilidad de que este ciudadano pueda seguir perpetrando esta conducta para la contienda electoral atípica que avanza en estos momentos en el municipio de las jagua del pilar punto aparte no obstante, de cara al principio de resocialización, como uno de los fines de la pena, se habrá de conceder el subrogado rogado, confiando en la voluntad de cambio del sentenciado, so pena de que le sea revocado este beneficio y sea enviado a prisión si vuelve a ser señalado por hechos constitutivos de este o cualquier otro delito”, señala la sentencia.
Asimismo, le impuso como pena ria, la inhabilitación de derechos y funciones públicas por un término igual de la pena principal impuesta. Además, el juez declaró la prescripción de la acción penal en favor de Morón Núñez, por los delitos de concierto para delinquir, corrupción al sufragante y costreñimiento al sufragante.
José Amiro Morón Núñez, exalcalde de La Jagua del Pilar. Foto:Cortesía
Sobre los hechos que llevaron a su condena
La Fiscalía General de la Nación acusó a Morón Núñez, quien para la época de los hechos fungía como secretario de Hacienda de La Jagua del Pilar, de liderar en 2014 una organización criminal dedicada al constreñimiento de contratistas y a alterar los mecanismos de participación democrática.
La estructura ilegal, integrada por funcionarios públicos y particulares, ejecutó una estrategia sistemática para asegurar la elección de Morón como alcalde municipal para el periodo 2016-2019. Entre las maniobras detectadas, se documentaron la inscripción fraudulenta de ciudadanos no residentes y el pago de incentivos económicos a votantes.
Según las pruebas presentadas en juicio, entre los años 2014 y 2015, la organización criminal trasladó a jóvenes provenientes de Valledupar, Villanueva y Urumita hacia La Jagua del Pilar.
Estas personas, pese a no residir en el municipio, fueron inducidas a solicitar la expedición de su cédula de ciudadanía allí para quedar registrados en el censo electoral a cambio de dinero, promesas de becas educativas y ofertas de empleo. Los montos de pago por cada inscripción y voto oscilaban entre los 100.000 y 200.000 pesos.
Los testimonios de varias víctimas y testigos protegidos confirmaron que los traslados se efectuaron en buses contratados por la organización, y que existió una movilización masiva el día de las elecciones.
El proceso penal contra Morón Núñez, se extendió durante varios años debido a múltiples aplazamientos y disputas de competencia jurisdiccional. A pesar de las dilaciones, el juzgado concluyó que existían pruebas contundentes sobre la participación activa de Morón en los hechos irregulares.
Durante el juicio oral, la Fiscalía presentó como prueba principal los testimonios de ciudadanos que fueron directamente reclutados y beneficiados económicamente para inscribir su cédula y votar por Morón.
El testimonio de Otoniel Pinto Lago, entonces concejal del municipio, fue fundamental. Pinto relató cómo presenció el traslado masivo de personas desde municipios vecinos para inscribirlas fraudulentamente como votantes en La Jagua del Pilar. Muchas de ellas eran ceduladas por primera vez en el municipio, sin contar con ningún vínculo territorial.
Además, denunció actos de constreñimiento a contratistas, quienes eran presionados para apoyar la campaña de Morón y los candidatos al concejo bajo amenaza de perder sus contratos de obra pública. Indicando que, ante la gravedad de los hechos, acudió junto con el concejal Wilmar Armenta, al abogado Iván Francisco Martínez, con el fin de formalizar las denuncias y estructurar el caso ante la Fiscalía.
En el mismo sentido, Wilman Armenta, también concejal para la época, apoyó las denuncias presentadas ante las autoridades, confirmando que los esquemas de trashumancia electoral fueron organizados con recursos logísticos provenientes de la istración municipal.
Plaza central del municipio de La Jagua del Pilar. Foto:Cortesía
Por su parte, la defensa de Morón Núñez intentó argumentar la prescripción de algunos de los delitos imputados y solicitó la absolución de su cliente alegando falta de pruebas contundentes. Asimismo, adujo que varios de los testigos de cargo eran opositores políticos.
Sin embargo, el juzgado desestimó estos argumentos, señalando que la prescripción sólo afectó los delitos de concierto para delinquir, corrupción al sufragante y constreñimiento al sufragante, pero no al de fraude en inscripción de cédulas, cuya acción penal sigue vigente hasta 2028.
En consecuencia, el juez resolvió condenar como coautor a José Amiro Morón Núñez únicamente por el delito de fraude en inscripción de cédula en concurso homogéneo y sucesivo en circunstancias de mayor punibilidad, descartando responsabilidad penal en los demás delitos acusados por efectos de prescripción. La sentencia destacó que Morón actuó de forma deliberada, violando la confianza pública y atentando contra los principios democráticos fundamentales.