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Noticia

¿Los trabajadores de las empresas privadas pueden tomarse el día cívico decretado por el presidente Petro?

Presidencia asegura que “empresas privadas decidirán si otorgan como día no hábil la fecha”.

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El presidente Gustavo Petro decretó que mañana, 19 de abril, sea un día cívico. De acuerdo con el mandatario, esta acción es para ahorrar energía y agua en el marco de la emergencia hídrica que hay en Bogotá y en otras zonas del país por cuenta del Fenómeno del Niño. 
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En horas de la tarde de este 18 de abril, el presidente de Colombia Gustavo Petro decretó que el próximo viernes 19 de abril será día cívico por la emergencia hídrica en Bogotá y el cuidado de la energía. ¿Qué implicaciones tiene para los trabajadores de los sectores públicos y privados?.

De acuerdo con los días cívicos que se han declarado anteriormente en el país, estos permiten que las personas participen en las actividades decretadas sin que sus responsabilidades laborales interfieran.

​Por ende, las entidades públicas a nivel nacional, tanto del nivel central como descentralizado, como gobierno nacional, alcaldías y gobernaciones, así como entidades adscritas tendrán que permitir que sus trabajadores, funcionarios y contratistas puedan tener este día libre, por lo que no se prestará atención al público.

Cabe resaltar que el decreto aún no está firmado y se desconocen los alcances que pueda tener para los trabajadores.

​(Además: ¿Qué es un día cívico y quiénes se lo pueden tomar, según lo anunciado por el presidente Petro en Colombia?).
Para las empresas del sector privado, la medida se toma de manera distinta, ya que esta dependerá del empleador y de las empresas que se quieran acoger al decreto expedido por el presidente Gustavo Petro. 


"Las empresas privadas tienen el derecho de acogerse al día cívico y decidir si trabajan los empleados, sin embargo, esta decisión es tomada de forma discrecional por parte de los empleadores", dijo a EL TIEMPO el abogado Jimmy Jimenez del bufete Integrity Legal.

Por su parte, Edwar Loaiza abogado especialista en derecho laboral explicó que: "No es de obligatorio cumplimiento para las empresas privadas, solo aplica para las empresas del sector público; sin embargo, las empresas privadas se pueden sumar voluntariamente a la iniciativa". 

De la misma manera Loaiza explicó que las empresas privadas que se acojan a la medida "no podrán descontarle el día al trabajador".

Por medio de la cuenta en X de Presidencia, se explicó que: "Las entidades territoriales, así como la ciudadanía en general y las empresas privadas, decidirán si otorgan como día no hábil esta fecha".

​"Las entidades y funcionarios que tienen como objetivo la prestación de servicios públicos esenciales, como policía, salud pública, movilidad, seguridad y prevención de desastres, continuarán con sus labores con total normalidad".

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