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La disputa entre la concesión ALO Sur SAS y comunidad de Mosquera por presunto cierre 'arbitrario' de la vía
La Supertransporte ordenó hacer mesas de trabajo con residentes de la vereda Balsilla para encontrar salidas. ANI y concesión deberán asegurar el paso vehicular.
En una completa disputa se ha convertido la construcción de la Avenida Longitudinal de Occidente en el tramo sur que atraviesa los municipios de Soacha, Mosquera y Sibaté y conecta por ese costado la región con Bogotá.
Tramos de la Alo Sur. Foto de referencia. Foto:ALO SUR SAS
Desde noviembre de 2023 la comunidad agrícola de la vereda Balsilla, ubicada en el municipio de Mosquera, ha venido denunciando que por una orden “arbitraria” del concesionario ALO Sur SAS se dispuso el cierre total de la vía en el sector Canoas-río Bogotá, a la altura del puente vehicular que pasa sobre el río Balsillas, en el municipio de Mosquera, Cundinamarca.
Debido a esta situación, dice la comunidad, se ha visto afectado su derecho de transitar y se han impactado de manera negativa a sus actividades económicas, que incluyen el traslado de productos y servicios por esta importante vía que los conduce directamente a Bogotá “desde hace más de 30 años”.
Según la denuncia de los habitantes de los predios de la vereda Balsilla, que aseguran sentirse encerrados e incomunicados, la concesión argumentó el cierre del puente alegando “daños estructurales de la infraestructura” que obligaban a detener el flujo vehicular.
Las reclamaciones de la comunidad afectada llegaron el 9 de enero de 2024 hasta la Inspección Tercera de la Policía de Mosquera por medio de una querella en la que aseguraban que la concesión ALO Sur SAS estaba afectando el “derecho a la servidumbre” y, así mismo, el 11 de ese mes también fueron elevadas ante la Superintendencia de Transporte.
Tramos de la Alo Sur. Foto de referencia. Foto:ALO SUR SAS
El ente de control, mediante una orden istrativa, les señaló al Invías y a la concesión ALO Sur “realizar las acciones necesarias para la movilización con seguridad, continuidad, libre , oportunidad, calidad y eficiencia para los habitantes o quienes desarrollen su actividad económica de manera legítima en el área”. No obstante, tras más de siete meses los efectos de dicha orden todavía no se han manifestado y la comunidad asegura seguir encerrada.
Uno de los grande problemas de esta disputa por el a la vía es justamente la presunta violación del “derecho” a la servidumbre que alegan los ciudadanos afectados.
"Realizar las acciones necesarias para la movilización con seguridad, continuidad, libre , oportunidad, calidad y eficiencia para los habitantes o quienes desarrollen su actividad económica de manera legítima en el área".
EL TIEMPO consultó al abogado Francisco Bernate, quien explicó que la servidumbre no es precisamente un derecho y requiere un acuerdo de voluntades en el cual los dueños de determinado predio acceden ‘voluntariamente’ a ceder el paso para que terceros se vean beneficiados de alguna manera.
No obstante, hacer este tipo de acuerdos, aunque sea una práctica histórica, no es obligatorio cuando la comunidad que solicita el paso por determinado predio tiene más opciones de movilidad para transportarse entre un punto y otro. Justamente este es uno de los argumentos señalados por ALO Sur SAS.
¿Qué dice ALO Sur SAS?
Luego de que la Supertransporte emitió la orden istrativa, el concesionario ALO Sur Sas fue requerido por la Dirección de Promoción y Prevención de Concesiones e Infraestructura del ente de control para que explicara la situación. Mediante un radicado señalaron que las vías en cuestión, ubicadas en la intersección de Canoas y la calle 63 sur, en Bogotá, están cerradas al uso del público, pues tienen la naturaleza de “bien fiscal”, y que cualquier uso que se les haya dado en el pasado o el presente es irregular.
Tramos de la Alo Sur. Foto de referencia. Foto:ALO SUR SAS
Además, indicaron que para la fecha en que ellos tomaron posesión de los predios no existía ningún permiso de tránsito o uso de la infraestructura comprendida entre la intersección de Canoas y la calle 63, sur en el Distrito Capital, y que, además, los propietarios de los predios que aseguran estar “encerrados” por la decisión de la concesión cuentan con otros caminos veredales y ancestrales para poder desplazarse desde sus terrenos hasta la ciudad.
Por el lado del supuesto cierre irregular, ALO Sur SAS señaló que nunca se dio tal bloqueo, pues “esta vía nunca ha estado abierta al público. Por lo tanto, solamente se adoptaron medidas para evitar que las personas continuaran haciendo un uso irregular de la infraestructura vial”, afirmaron ante la Supertransporte.
Además, dicen que dicha infraestructura asociada a los puentes del río Balsillas-canal Victoria y del río Bogotá presenta daños considerables que ponen en riesgo la vida y seguridad de los s irregulares y que por está razón se tomaron las medidas.
El proyecto de la ALO Sur comienza en el sector de Chusacá y termina en la calle13. Foto:MAURICIO MORENO
Pese a que ya hubo una decisión de la Superintendencia de Transporte respecto al caso, la comunidad insiste en que se le sigue restringiendo el paso. Sin embargo, aunque el ente de control ordenó a la ANI y la concesión ALO Sur SAS buscar alternativas inmediatas para asegurar el paso de los ciudadanos afectados, también impuso condiciones para que este tránsito se pudiera dar.
Se ordenó realizar una mesa de trabajo conjunta mensual para analizar las diferentes situaciones que se pudieran presentar. Así mismo, se le otorgó a la concesión la facultad para establecer los lineamientos del tránsito y se estipuló que el beneficio de servidumbre por dichos terrenos no aplicaría para toda la comunidad sino solamente para aquellos para los que este paso tenga un impacto en el desarrollo de sus actividades económicas.
Para los dueños de los predios que requieran transitar por ese tramo de la vía, en caso de que lo considere necesario para el control de , tránsito y salida de vehículos a la infraestructura, la concesión podrá requerir el listado de placas de los vehículos a las que se les autorizará el ingreso y tránsito por la infraestructura.