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Estas son las prohibiciones de circulación y tránsito para ciclomotores en Bogotá

La Secretaría Distrital de Movilidad expidió la resolución 137609 de 2023 para definirlas. 

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PERIODISTA DE BOGOTÁActualizado:

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La Secretaría Distrital de Movilidad informó que expidió hoy la resolución 137609 de 2023, que define las prohibiciones que tienen de circulación y tránsito los ciclomotores en algunos puntos y vías de la ciudad.
El documento establece, entre otros temas, que los motociclos, ciclomotores o moped, que son vehículos de cilindraje no superior a 50 centímetros cúbicos si es de combustión interna, no pueden transitar por las vías troncales del Sistema Integrado de Transporte Público Masivo y Carriles Preferenciales por donde circulan los buses zonales.
Adicionalmente, teniendo en cuenta la resolución 160 de 2017, se reitera que estos vehículos no pueden transitar sobre las aceras o andenes de Bogotá. No podrán
circular en los 609 kilómetros de ciclorrutas, los 127,69 kilómetros de ciclovías o cualquier tipo de ciclo infraestructura y lugares destinados al tránsito exclusivo de peatones o bicicletas.
La Secretaría de Movilidad expidió esta resolución con el fin de dar cumplimiento a la
normativa expedida por el Ministerio de Transporte y aumentar la seguridad vial en los
espacios peatonales y de circulación exclusiva o preferencial de los corredores en Bogotá. Esto, teniendo en cuenta que los s más vulnerables que en este caso son los peatones y ciclistas.
No cumplir con las normas de tránsito estipuladas para los ciclomotores, puede generar multas entre $ 522.900 y $ 1'045.500, así como la inmovilización del vehículo. Además, la Secretaría de Movilidad advierte que a través del Cuerpo Civil de Agentes de Tránsito y la Seccional de Tránsito y Transporte de la Policía Metropolitana de Bogotá, realizarán operativos de control en distintos puntos de la ciudad.

Las vías por las que no podrán circular

Carriles preferenciales ubicados en: 
- Avenida carrera 7 entre calles 32 y 134 en ambos sentidos de circulación.
- Avenida Boyacá entre avenida Villavicencio y calle 134 en ambos sentidos de circulación.
- Carrera 15 entre calles 72 y 100.
- Calle 19 entre carrera 3 y avenida NQS en ambos sentidos de circulación.
- Calle 72 entre avenida carrera 7 y carrera 13 en ambos sentidos de circulación.
- Avenida Primero de Mayo entre carrera 80 y carrera 10 en ambos sentidos de circulación.
- Avenida de Las Américas entre carrera 50 y avenida Ciudad de Cali en ambos sentidos de circulación.
- Avenida NQS entre avenida carrera 68 y calle 94 en ambos sentidos de circulación.
Estas bicicletas no podrán transitar sobre las aceras o andenes de la ciudad.

Estas bicicletas no podrán transitar sobre las aceras o andenes de la ciudad. Foto:Milton Díaz. Archivo EL TIEMPO

Las vías troncales ubicadas en:
- Troncal Caracas entre Portal Usme y calle 80.
- Troncal Norte entre calle 80 y calle 192.
- Troncal NQS Central entre autopista Norte y avenida calle 13.
- Troncal NQS Sur entre avenida calle 13 hasta el límite con Soacha.
- Eje Ambiental entre avenida Caracas y calle 22.
- Troncal calle 26 entre Portal El Dorado y calle 22.
- Troncal 80 entre Portal de la 80 y autopista Norte.
- Troncal Suba entre Portal Suba y calle 80.
- Troncal Carrera 10 entre Portal 20 de Julio y Avenida calle 26.
- Troncal Américas entre Portal Américas y avenida Caracas.
- Avenida Calle 6 entre avenida NQS hasta la avenida Caracas.
REDACCIÓN BOGOTÁ

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