El Ministerio de Salud y Protección Social expidió una nueva resolución (No. 1123 de 29 de julio de 2021) que adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus covid-19 en actividades relacionadas el arribo, estadía y zarpe de naves de pasaje dentro del territorio nacional.
"Las medidas aquí indicadas, son complementarias a las regulaciones y procedimientos adoptados por las autoridades del orden nacional y territorial en el marco de sus competencias", dice la resolución.
Y aplican para todos los actores involucrados en la atención de naves de pasajeros como instalaciones portuarias, operadores portuarios, agencias marítimas, agencias de viajes, guías de turismo y demás proveedores de productos o servicios conexos.
La resolución ordena, por ejemplo, que los barcos tengan la capacidad de hacer pruebas de covid-19 a bordo. Adicional, tendrán que contar con la posibilidad de practicarlas en tierra en caso de que se requiera.
Estas son las normas del protocolo básico:
- Desinfectar diariamente las áreas de embarque, filtros de seguridad, cubículos de las autoridades y de check in, así como de zonas comerciales.
- Reportar inmediatamente a la secretaria departamental, distrital o municipal de salud cualquier caso sospechoso que se presente en el puerto y activar el protocolo correspondiente, así como disponer de un área para el aislamiento de casos sospechosos de covid-19.
Recuerda los protocolos básicos de bioseguridad:
- Limpiar y desinfectar los sitios y elementos con los cuales los s, trabajadores y demás personas pueden entrar en o con el virus durante el proceso de abordaje, tales como taquillas, sillas, pasamanos, entre otros.
- Prohibir el consumo de alimentos y bebidas.
Para pasajeros y tripulantes:
- Los pasajeros o tripulantes que hayan reportado o hayan sido identificados como casos sospechosos o positivos, no podrán desembarcarse como tampoco las personas con quienes tuvo o a bordo.
- En caso de ser positivo asintomático y requerir bajarse en la ciudad, debe contar con un seguro de viajero con la cobertura de covid-19, reserva de alojamiento y hospedaje por 14 días, documento que lo compruebe y certificación del compromiso de pago al lugar en donde se quedará guardando cuarentena.
- “En caso de que el buque se encuentre en cuarentena y un turista o tripulante requiera bajar, este deberá presentar la prueba PCR covid-19 negativa, la cual será realizada por el barco o agencia marítima y avalada por las secretarias de Salud de la jurisdicción, especificando el tipo de prueba”.
Para el desembarque de pasajeros y tripulantes incluye:
- ”La nave a través del agente marítimo debe presentar a la autoridad sanitaria, el listado de todas las personas que tienen intención de desembarcar en puerto y cada una de ellas deberá hacer entrega del documento de declaración en donde especifique que no presenta sintomatología asociada a la covid-19, que no ha estado en o los últimos 14 días con personas positivas, que se comprometen a portar los elementos de protección personal en tierra, a dar cumplimiento a las medidas establecidas en tierra tales como aforos, distanciamiento, entre otros, y ejercer la disciplina del autocuidado”.
- Después de la visita oficial por parte de las autoridades competentes y se tenga el visto bueno, podrán desembarcar.
- Las personas que sean sospechosas o positivas para el virus no podrán bajarse, ni tampoco aquellas con las que tuvo o.
- Al menos 95 % de la tripulación debe estar vacunada contra la covid-19. En caso contrario, podrá presentar una prueba PCR negativa con una anterioridad de máximo 72 horas.
Para las agencias de viajes que atienden excursiones en tierra y tours
independientes:
- Asegurar que cada uno de sus proveedores de excursiones en las diferentes actividades culturales, culinarias, atracciones, restaurantes, alojamientos, transporte, entre otras tengan implementado el protocolo de bioseguridad adoptado en la Resolución 777 de 2021.
- Asegurarse que los medios de transporte estén previamente desinfectados de acuerdo con los protocolos de limpieza y desinfección establecidos por cada uno de ellos. De la misma manera, se debe solicitar que cuenten con kit para desinfección de manos y que cuenten con tapabocas disponibles en caso de que alguno de los pasajeros lo requiera.
- Los guías, staff y el personal de la agencia operadora estarán atentos velando y
asegurándose de que los pasajeros cumplan con el distanciamiento entre persona y persona y porten de manera adecuada el tapabocas.
-El staff y personal de la agencia, debe asegurarse para que no se supere el aforo máximo permitido en cada medio de transporte.
- Al ingresar a los sitios turísticos contratados en la excursión la agencia operadora deberá velar por que se cumplan los protocolos implementados en cada lugar.
- Declarar que los pasajeros y tripulantes no presentan sintomas relacionados con el covid, conforme a la certificación de condiciones de salud expedida por la nave de pasajeros.
- Dicho documento reemplazará, única y exclusivamente para las excursiones en fierra, la toma manual de información de preguntas de salud a la llegada a cada monumento o atractivo a visitar.
- Coordinar los tiempos de regreso y llegada al puerto al finalizar la excursión con el fin de evitar aglomeraciones para el ingreso al barco.