Mediante resolución 1913 de 2021, el Ministerio de Salud extendió la emergencia sanitaria, debido a la pandemia del covid, hasta el 28 de febrero del próximo año.
Esta resolución deberá ir acompañada de un decreto de orden público, que emitirá la próxima semana el Ministerio del Interior, y en el cual se establecen las medidas que se tomarán en el marco de la emergencia.
Está claro que seguirá siendo obligatorio el uso del tapabocas, el distanciamiento social y algunas otras medidas de autoprotección. En otras palabras se mantendrán las actuales disposiciones.
En ese sentido la resolución del Ministerio es clave porque al prorrogarse la emergencia se mantienen decretos como el que obliga a la exigencia del carnet de vacunación para entrar a ciertos lugares.
Si no existiera la resolución, muchas de las medidas que se han tomado en el marco de la emergencia perderían su vigencia.
Ahora bien, sobre qué podría traer como elementos nuevos el decreto, está el hecho de que se va fijar que para el ingreso a algunos lugares como bares, restaurantes o para acceder a conciertos, se exigirá el carnet de vacunación, pero con el esquema completo, es decir, las dos dosis.
"Sin esa resolución del MInisterio de Salud no hay marco jurìdico para actuar", explicó un fuente de l Casa de Nariño.