Días después de asumir como presidente de Estados Unidos, Donald Trump ordenó a los grupos de reasentamiento de asilados que dejen de utilizar fondos federales, de acuerdo a un memorando emitido por el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés).
Horas después de asumir el cargo, el mandatario estadounidense promulgó una pausa indefinida en la isión de refugiados y remarcó que el país solo aceptará refugiados cuando determine que reanudar su llegada es "en interés de Estados Unidos", según informó el medio CBS News. En línea con su política inmigratoria, Trump suspendió el envió de fondos para los grupos de reasentamiento de asilados.
Aún son difíciles de determinar las consecuencias que tendrá el congelamiento de los fondos federales, pero las organizaciones que ayudan a los asilados a establecerse en el país creen que la orden tendrá un impacto severo.
"Esta decisión sin precedentes socava nuestras obligaciones morales y legales con aquellos a quienes prometimos proteger y con las comunidades que los acogen. Estos servicios básicos sirven como un salvavidas para los refugiados reasentados y los titulares de visas especiales para inmigrantes afganos que ayudaron a la misión estadounidense", manifestó John Slocum, director ejecutivo de Refugee Council USA.
Los grupos defensores de los refugiados expresaron su preocupación por el impacto que tendría la directiva en el programa de recepción supervisado por el gobierno mediante el cual ayudan a los refugiados durante sus primeros 90 días en el país.
La suspensión de los fondos federales para asilados
En el memorando enviado el pasado viernes 24 de enero, el DOS informó a los grupos que algunas de sus subvenciones federales fueron "suspendidas de inmediato".
Estados Unidos aún acepta que los afganos con estas visas especiales ingresen al país. Foto:iStock
"Con efecto inmediato tras la recepción de esta Notificación de Suspensión, el Beneficiario deberá suspender todos los trabajos previstos en la(s) subvención(es) y no incurrir en nuevos costos después de la fecha de entrada en vigor mencionada anteriormente. El Beneficiario deberá cancelar tantas obligaciones pendientes como sea posible", expresa el memorando.
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