Si vive en arriendo en Colombia, ya puede hacer cuentas de cuál será el incremento para 2025. El Departamento istrativo Nacional de Estadística (Dane) informó el dato del Índice de Precios del Consumidor (IPC) o inflación, indispensable para determinar la subida de las viviendas en alquiler.
El artículo 20 de la Ley 820 del 2003 señala que el valor del incremento del arriendo no puede ser superior al 100 % del IPC del año anterior.
El incremento del arriendo está ligado al IPC del año anterior, según la ley. Foto:iStock
¿Cuánto subirá el arriendo en 2025 en Colombia?
El Dane reveló que el IPC de 2024 fue de 5,2 %, es decir, ese es el tope máximo que le podrán subir al arriendo.
La fórmula para calcular el incremento del arriendo es:
Valor mensual del arriendo + 5,2 %
Ejemplo: usted paga un arriendo mensual de $ 1'500.000. Deberá multiplicar ese monto por el 5,2 %, lo que le arrojará $ 78.000. Esos $ 78.000 serán lo máximo que podrá incrementar el canon, por lo que usted pasaría a pagar $ 1'578.000.
Propietarios de las viviendas determinan aumento del arriendo según IPC. Foto:Fotomontaje a partir de imagen de iStock / Archivo particular
Tenga presente que el alza solo se podrá hacer cuando el inquilino cumpla el año de arriendo. No se puede hacer antes. Así que si esa persona lleva menos de 12 meses ocupando la vivienda, el propietario tendrá que esperar para incrementar el precio del canon.
"El arrendador que opte por incrementar el canon de arrendamiento, deberá informarle al arrendatario el monto del incremento y la fecha en que se hará efectivo, a través del servicio postal autorizado o mediante el mecanismo de notificación personal expresamente establecido en el contrato", precisa la Ley.
Con el aumento del arriendo, ¿también puede subir la cuota de istración si vivo en conjunto?
Conjunto residencial. Imagen de referencia. Foto:Santiago Saldarriaga Quintero. EL TIEMPO
No existe alguna norma que les indique a los es del los conjuntos residenciales en Colombia cuánto específicamente pueden ajustar la cuota. No se les exige que suba lo mismo que el arriendo, pues es un proceso que les compete a las asambleas.
"El criterio para el aumento anual de la cuota de istración depende, entre varios factores, del presupuesto y de lo que hayan determinado el Reglamento y la Asamblea de Propietarios", aclaró la abogada Nora Pabón Gómez para este diario, en una consulta pasada.
La cuota de istración de los conjuntos se fija en cada asamblea. Foto:iStock
Según indica la Ley 675 de 2001, una de las funciones de la asamblea es aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos y el monto de las cuotas "para atender las expensas ordinarias o extraordinarias, así como incrementar el fondo de imprevistos, cuando fuere el caso".
En caso de que la asamblea aprueba que el incremento cada año de la cuota de istración estará ligado al alza del IPC del año anterior, al salario mínimo o a un porcentaje en especial, los habitantes deberán cumplir.
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