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Día clave para determinar el aumento del canon de arrendamiento en Colombia: esto es lo máximo que puede subir, según la ley

Este jueves, el Dane revelará el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año inmediatamente anterior.

Los arriendos se deben aumentar en el porcentaje del IPC. Foto: Cesar Melgarejo / EL TIEMPO

PeriodistaActualizado:
Uno de los nuevos precios que deben asumir los colombianos con el inicio del 2025 es el incremento del arriendo. Este aumento está regulado por la Ley 820 del 2003, la cual indica que el porcentaje máximo que puede subir el arriendo es el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año inmediatamente anterior.
Se espera que el IPC de 2024 cierre entre el 5% y el 6%, ya que en el 2024 se ha ubicado en el 4.72 %, cifra inferior a la registrada en 2023, cuando alcanzó el 8.78 % de enero a noviembre. 
Sin embargo, el IPC en varias ciudades como Bucaramanga, Pereira, Bogotá, Medellín, y Armenia está por encima del 5% en el 2024.
Aunque el valor máximo en que se puede aumentar el arriendo mensual es el IPC del año anterior, con base en la ley, según el portal Metro Cuadrado, se deben tener en cuenta los siguientes puntos:
  • El arrendador puede decidir negociar con el arrendatario y dejar en un monto menor al IPC, el aumento del arriendo.
  • El incremento del arriendo solo puede aplicarse cuando han pasado 12 meses del último aumento, o cuando se renueva el contrato. Por ejemplo: si el contrato se firmó en mayo de 2024, el aumento solo se aplicará en mayo de 2025.
  • El aumento del arriendo no debe hacerse al iniciar el año o enero, solo cuando es la renovación.

¿Cuándo se conocerá el IPC del 2024?

El costo del arriendo aumenta en el porcentaje del IPC. Foto:iStock

El Departamento istrativo Nacional de Estadísticas (Dane), generalmente informa el quinto día hábil de cada año el IPC del año inmediatamente anterior.
Para el 2025, el Dane revelará esta cifra este jueves 9 de enero después de las 5:00 p. m. Las proyecciones indican que el IPC cerrará en 5,3 %.
Una vez el Dane divulgue el IPC, arrendadores e inmobiliarias podrán aplicar los ajustes pertinentes al canon de arrendamiento, siempre y cuando se cumplan con las condiciones necesarias para realizarlo.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
feruma@eltiempo.com

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