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¿Cómo funcionaría el recargo dominical y festivo? Esto es lo que dice el artículo aprobado por Cámara en la reforma laboral
Según el Ministerio de Trabajo, el recargo del 100 % en dominicales y festivos tendrá una implementación progresiva. Le contamos.
Recargo festivos y dominicales, según la reforma laboral Foto: iStock
¿Cómo será la implementación?
Los festivos serán pagados con un recargo del 100 %. Foto:iStock
Ejemplo práctico del recargo con reforma y sin reforma
- Recargo del 75 %: $10.000 * 0.75 = $7.500.
- Pago total por hora trabajada: $10.000 + $7.500 = $17.500.
- Pago total por 8 horas: $17.500 * 8 = $140.000.
Los porcentajes cambiaron. Foto:iStock.
- Recargo del 100 %: $10.000 * 1.00 = $10.000.
- Pago total por hora trabajada: $10.000 + $10.000 = $20.000.
- Pago total por 8 horas: $20.000 * 8 = $160.000.
- Sin reforma: $140.000
- Con reforma: $160.000
Algunos artículos aprobados del proyecto de reforma laboral
- Art 19. Límites a la subordinación.
- Art 20: Protección contra la discriminación.
- Art 21. Medidas para la eliminación de la violencia, el acoso y la discriminación en el mundo del trabajo.
- Art 37: Formalización del trabajo doméstico remunerado.
- Art 39: Trabajadores Migrantes
- Art 69: Ajuste de la planilla integrada de liquidación de aportes.
- Art 70: Prescripción.
- Art 71: Interrupción de la prescripción.
- Art 72. Reintegro de aportes estatales y reducción de la sanción por restitución de aportes estatales en los procesos adelantados en relación con los programas de apoyo del Gobierno nacional.
- Art 73. Acompañamiento a micros y pequeñas empresas.
- Artículo 75. Vinculación de trabajadores dependientes en condiciones de vulnerabilidad.
- Artículo 76. Ruta de Empleabilidad.
- Artículo 77. Las disposiciones contenidas en los artículos 27, 28, 29, 30, 31, 32 y 33 de la presente Ley.
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