¿Puede retirar las cesantías para pagar las deudas en Colombia? Esto dice la ley

La legislación permite el retiro de las cesantías para compra de vivienda y educación, entre otros.

Las cesantías se pueden retirar para arreglos en el hogar. Foto: iStock

PeriodistaActualizado:
Por estos días, muchos trabajadores colombianos están pensando en solicitarles a sus empleadores el retiro de las cesantías para suplir una necesidad financiera individual o familiar. Sin embargo, la legislación actual prohíbe que el dinero ahorrado con esta prestación social sea destinado al pago de deudas de consumo.
Como su nombre lo indica, las cesantías son un fondo que deben hacer los trabajadores y con el cual puedan contar cuando se queden sin empleo, es decir, cesantes.
Los empleadores deben consignarles las cesantías a sus trabajadores anualmente en los fondos de pensiones. Ese dinero va a una cuenta individual en esas entidades. El único dinero que reciben los trabajadores por las cesantías son los intereses de estas, que les deben reconocer los empleadores.
La Ley 50 de 1990 establece que el pago de los intereses generados por esa prestación social debe ser consignado, a más tardar, el 31 de enero del año siguiente a la liquidación del año laborado.

¿Para qué se pueden retirar las cesantías?

No obstante, desde hace muchos años, la ley autoriza el retiro parcial de las cesantías por los siguientes conceptos:
Compra de vivienda o un lote.
Pago de créditos hipotecarios.
Ampliación, reparación o mejora de una vivienda del afiliado o de su cónyuge.
En el caso del estudio, para el pago de matrícula en educación superior, la de sus hijos o la de su cónyuge.
Pago de créditos educativos.
Cuando se solicita el retiro de las cesantías para cancelar deudas relacionadas con préstamos para formación académica, se debe presentar el certificado del crédito y el saldo pendiente de la deuda, entre otros documentos.
La ley prohíbe que las cesantías se utilicen para fines diferentes, como el pago de deudas.

Cesantías 2024: ¿cuándo pagan los intereses y cómo se calculan? Foto:YouTube - EL TIEMPO

Fernando Umaña Mejía
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

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